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Documento BORME-C-2007-65074

CORPORACIÓN SYNETHEIA, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad escindida) CORPORACIÓN SYNETHEIA, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria de nueva creación) VERONA INVEST, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria de nueva creación) SUMMATUS, SOCIEDAD LIMITADA (Sociedad beneficiaria de nueva creación)

Publicado en:
«BORME» núm. 65, páginas 11124 a 11124 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-65074

TEXTO

Anuncio de escisión total

De conformidad con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada y con el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general extraordinaria de accionistas de «Corporación Synetheia, Sociedad Limitada», celebrada el 15 de marzo de 2007 con carácter universal, acordaron por unanimidad la escisión total de la sociedad, con la extinción de la misma, mediante su disolución sin liquidación, y el traspaso a título universal de todo su patrimonio social a tres sociedades beneficiarias de nueva creación; «Corporación Synetheia, Sociedad Limitada», que sucederá a la extinguida en su denominación social de conformidad con lo previsto en el artículo 418.2 del Reglamento del Registro Mercantil y «Verona Invest, Sociedad Limitada» y «Summatus, Sociedad Limitada», todo ello conforme al proyecto de escisión total suscrito por los órganos de administración de la sociedad escindida y beneficiarias con fecha 26 de febrero de 2007, que fue inscrito en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 7 de marzo de 2007 y conforme al informe de los Administradores con aprobación del Balance de escisión, cerrado a 31 de diciembre de 2006.

De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de las sociedades afectadas de obtener del domicilio social el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión y que asimismo a los acreedores de cada una de las sociedades les asiste el derecho de oposición a la escisión, en los términos y plazos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 15 de marzo de 2007.-Julio Antonio Fidalgo Lobo, como Administrador solidario de la escindida Corporación Synetheia, Sociedad Limitada, y como Administrador solidario de las beneficiarias Corporación Synetheia, Sociedad Limitada, Verona Invest, Sociedad Limitada y Summatus, Sociedad Limitada.-16.848. 1.ª 2-4-2007

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