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Documento BORME-C-2007-66068

EXPLOTACIONES CORTEZO, S. A. (Absorbente) RUF, S. A. (Absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 66, páginas 11343 a 11343 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-66068

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que las Sociedades Explotaciones Cortezo, Sociedad Anónima, y Ruf, Sociedad Anónima, han acordado por decisión de sus respectivos Accionistas Únicos, en ejercicio de las competencias de la Junta General, con fecha 30 de marzo de 2007, aprobar la fusión por absorción de esta última sociedad por la primera, con extinción por disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad absorbente, que adquiere por sucesión universal los derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida, todo ello en los términos y condiciones tanto del proyecto de fusión único suscrito por el Administrador Único de ambas Sociedades participantes, como de lo establecido en el artículo 250 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Siendo la Sociedad absorbida, sociedad participada íntegramente por la Sociedad absorbente, de conformidad con el artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, no procede el canje de acciones, ni aumentar el capital social de la Sociedad Absorbente, ni es necesaria la elaboración de informes de Administradores ni de expertos independientes sobre el proyecto de fusión. La fecha a partir de la cual las operaciones de la Sociedad absorbida habrán de considerarse realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad absorbente, será la del día 1 de enero de 2007, sin perjuicio de lo señalado por la Ley del Impuesto de Sociedades.

No existen en la Sociedad absorbida titulares de derechos especiales distintos de las acciones a quienes pudieran reconocerse derechos especiales en la Sociedad absorbente. La Sociedad absorbente no atribuirá ningún tipo de ventaja a favor de los Administradores de las Sociedades participantes en la fusión. En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades que se fusionan, en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a partir de la fecha de la publicación del último anuncio del mencionado acuerdo de fusión.

Madrid, 30 de marzo de 2007.-El Administrador único de ambas Sociedades, Hilario Rodríguez Elías.-17.999.

1.ª 2-4-2007

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