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La Junta general extraordinaria y universal de la sociedad Wiznez Miraballes, Sociedad Limitada, celebrada el día 31 de diciembre de 2006, acordó la disolución de la compañía sin apertura del período de liquidación y con cesión global de su Activo y Pasivo al partícipe único Wiznez, Sociedad Limitada, asumiendo ésta en virtud de este acuerdo, la totalidad de las obligaciones con todo tipo de acreedores que tuviera la cedente, conforme lo establecido en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, aprobándose como Balance de disolución el cerrado a 31 de diciembre de 2006.
Conforme lo establecido en el artículo 246 del Reglamento del Registro Mercantil se hace constar el derecho de los acreedores de la sociedad cedente y cesionaria a obtener el texto íntegro del acuerdo de cesión que estará a disposición en el domicilio social, así como el derecho de dichos acreedores a oponerse a la cesión en el plazo de un mes desde la última publicación del anuncio de cesión, en los términos previstos en la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Miravalles, 31 de diciembre de 2006.-Administradora solidaria de ambas sociedades, Basilisa García Manzanares.-576.
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