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Documento BORME-C-2007-79030

BOÍ TAÜLL, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 79, páginas 13530 a 13531 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-79030

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11.º de los Estatutos Sociales de la Compañía, se hace público que el Consejo de Administración de «Boí Taüll, Sociedad Anónima» -en uso de la delegación conferida por acuerdo de la Junta General de Accionistas de 30 de octubre de 2006- ha acordado por unanimidad en sesión celebrada el 2 de marzo de 2007 ampliar el capital social en 4.000.020 euros mediante la emisión y puesta en circulación de 133.334 acciones de 30 euros de valor nominal cada una de ellas, a la par de su valor nominal, y representadas mediante anotaciones en cuenta, provistas de idénticos derechos y características que las actualmente en circulación. El desembolso de las acciones deberá efectuarse mediante aportación dineraria, satisfaciendo la totalidad en el momento de la suscripción. Los accionistas podrán ejercer su derecho de suscripción preferente, a razón de 1 acción nueva por cada 8,14918175409 acciones viejas, sin perjuicio de la agrupación de fracciones, durante el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil», mediante el ingreso del total valor nominal de las acciones suscritas en la caja social: «Banco de la Pequeña y Mediana Empresa, Sociedad Anónima» («Bankpyme»), oficina sita en Barcelona, calle Travessera de Gràcia, 11, cuenta número 0142-0001-13-0001001363. Una vez los accionistas hayan ejercido el derecho de suscripción preferente, si hubiere remanente de acciones no suscritas, quedarán adjudicadas al cierre del período de preferente suscripción a todos los accionistas que soliciten la suscripción de acciones en exceso respecto de las acciones que les correspondan en ejercicio del derecho de suscripción preferente y, si hubiese exceso de demanda respecto de las acciones disponibles, se adjudicarán en prorrateo en idéntico porcentaje entre todos ellos, efectuándose en plazo legal la restitución de ingresos que proceda en cada caso. En el caso de que el aumento de capital no se suscriba íntegramente dentro del plazo fijado para la suscripción en las condiciones indicadas, la emisión quedará reducida a las acciones suscritas, el capital aumentado en la cuantía de la suscripción efectivamente realizada y el artículo 5.º de los Estatutos Sociales modificado a fin de reflejar la ampliación de capital habida.

La Sociedad no ofrecerá las acciones emitidas a terceros ni realizará actividades publicitarias de oferta de las acciones, por lo que la emisión no se halla sometida a lo dispuesto en el Real Decreto 291/1992, de 27 de marzo, sobre ofertas públicas de valores.

Barcelona, 6 de marzo de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración, José Luis Iglesias Kuntz.-22.294.

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