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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley de Sociedades Limitadas, y 242 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general de socios de «Perfumería Europa, Sociedad Limitada», celebrada con carácter universal el 21 de diciembre de 2006, por unanimidad, adoptó el acuerdo de escindir parcialmente la compañía, mediante separación de parte de su patrimonio, que se traspasará en forma de dos ramas de actividad autónomas a sendas sociedades beneficiarias de la misma, «Perfumería Eurostar, Sociedad Limitada» y «Dynamic Parfums, Sociedad Limitada», que son preexistentes, y cuyas Juntas generales, celebradas ambas el pasado día 21 de diciembre acordaron ser beneficiarias de dicha escisión. El acuerdo de escisión se adoptó con base en el Proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil, el día 17 de noviembre de 2006, y en el Balance de escisión de la compañía, cerrado a 30 de junio de 2006 y debidamente auditado. Los socios, acreedores y trabajadores tanto de la sociedad escindida «Perfumería Europa, Sociedad Limitada», como de las sociedades beneficiarias, «Perfumería Eurostar, Sociedad Limitada», y «Dynamic Parfums, Sociedad Limitada», podrán solicitar el texto íntegro del acuerdo adoptado, y del Balance de escisión.
Los acreedores de las mismas, podrán, asimismo, oponerse a ella, en el plazo y términos previstos en los artículos 243 y 254 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Las Palmas de Gran Canaria, 5 de enero de 2007.-Administrador único de Perfumería Europa S.L., Ramesh Keshavdas Gidwani Gidwani, Administrador solidario de Perfumería Eurostar S. L., Shyam Gidwani Gidwani y Administrador solidario de Parfums S.L., Suresh Kumar Gidwani Gidwani.-577. 1.ª 10-1-2007
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