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Documento BORME-C-2007-85048

COMERCIAL ZAMORANO, S. L. CARMELO BREZMES, S. L. (Sociedades escindidas) AGROCASTILLA BZ, S. L. COMERCIAL ZAMORANO, S. L. HIJOS DE CARMELO BREZMES, S. L. (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 85, páginas 14692 a 14692 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-85048

TEXTO

De conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar que las Juntas Generales de socios de «Comercial Zamorano, Sociedad Limitada» y «Carmelo Brezmes, Sociedad Limitada» celebradas con carácter de universales el día 24 de abril de 2007 adoptaron sendos acuerdos de escisión total de ambas sociedades con extinción de las mismas y con división de sus respectivos patrimonios en dos partes que se traspasan en bloque a las sociedades Beneficiarias «Agrocastilla BZ, Sociedad Limitada» -que recibe un parte de cada una de las escindidas-, «Comercial Zamorano, Sociedad Limitada» -que recibe la otra parte de la escindida «Comercial Zamorano, Sociedad Limitada»- e «Hijos de Carmelo Brezmes, Sociedad Limitada» -que recibe la otra parte de «Carmelo Brezmes, Sociedad Limitada»- y de aprobación de los respectivos Balances de Escisión cerrados a 31 de diciembre de 2006, todo ello conforme al proyecto de escisión firmado conjuntamente por los Administradores de las sociedades escindidas el 22 de marzo de 2007, depositado en los Registros Mercantiles de Palencia y Valladolid los días 26 de marzo y 10 de abril de 2007 respectivamente. Se hace constar que en las sociedades escindidas no existen participaciones desiguales ni derechos especiales, que no se han atribuido ventajas a los administradores en las sociedades beneficiarias y que las operaciones de las sociedades escindidas se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de las sociedades beneficiarias desde el 1 de enero de 2007. Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades de obtener en los respectivos domicilios sociales el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Escisión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades de oponerse a la escisión durante un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Palencia, 24 de abril de 2007.-Carlos Carmelo Brezmes Caramanzana (Administrador de «Carmelo Brezmes, S.L.») y Jesús Zamorano Fagúndez (Presidente de «Comercial Zamorano, S.L.»).-25.465.

1.ª 4-5-2007

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