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Acuerdo de escisión
Se hace público que la Junta universal de socios de las citadas sociedades, en fecha 31 de marzo de 2006, aprobaron por unanimidad el acuerdo de escisión total de la sociedad escindida, Lacor Asociados, S.L., a favor de las sociedades beneficiarias, Acoti, S. L., y Rosignoli e Hijos, S. L., con disolución sin liquidación de la sociedad escindida, a favor de las sociedades beneficiarias, receptoras entre ambas, de todo el patrimonio de la primera, con ampliación de capital de las sociedades beneficiarias de la escisión, haciendo entrega de las participaciones a los socios de la sociedad escindida, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por las Administradoras de las sociedades intervinientes y debidamente depositado en el Registro Mercantil. Lo cual se pone en conocimiento de los socios y acreedores de las sociedades participantes, con advertencia del derecho que les asiste a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de escisión de conformidad con el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Los acreedores de las sociedades participantes pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión.
Barcelona, 21 de marzo de 2007.-La Administradora de Acoti, S. L., Ana Isabel Marín Osuna.-La Administradora de Rosignoli e Hijos, S. L., Alicia González Hernández.-Los Administradores mancomunados de Lacor Asociados, S. L., Ana Isabel Marín Osuna y Antonio González Hernández.-24.555. 1.ª 30-4-2007
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