Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BORME-C-2007-86020

ASTRA ILUMINACIÓN, SOCIEDAD LIMITADA

Publicado en:
«BORME» núm. 86, páginas 14849 a 14850 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-86020

TEXTO

En Junta General celebrada el 26 de marzo de 2007, convocada conforme determinaban los Estatutos Sociales, con la concurrencia de socios que representaban el 51 por 100 del capital social (49 por 100 presentes y 2 por 100 representado), entre otros acuerdos se aprueba, por unanimidad de los presentes, la ampliación del Capital Social en 60.100 euros, creando al efecto 10.000 nuevas participaciones, de un valor nominal cada una de 6,01 euros, numeradas del número 1.001 al número 11.000, ambas inclusive. Como condiciones de la ampliación se establecen:

Uno.-Reconocimiento del derecho de preferente adquisición de los socios, en proporción a sus participaciones sociales, y de la cesión de su derecho en la forma establecida en los Estatutos Sociales para las participaciones.

Dos.-Se fija como plazo de suscripción y desembolso el de un mes, a partir de la convocatoria en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, sin perjuicio puede efectuarse a partir de la fecha, de aprobarse. Los desembolsos se efectuarán en la cuenta bancaria de la sociedad. Tres.-Las participaciones no suscritas en el plazo indicado, serán ofertadas a los socios que hubieran realizado la suscripción, quienes podrán asumirlas íntegramente. Dicha suscripción deberá efectuarse en el plazo de 10 días desde la oferta. De existir varios interesados se repartirán en proporción a las participaciones de cada uno en la Sociedad. Cuatro.-El Administrador anotará en el Libro de Registro de Socios, asignando número a las participaciones suscritas de forma correlativa, según fecha de suscripción, si bien en igualdad de fecha primará la fecha de desembolso. Cinco.-Si no se suscribiera ni desembolsara la ampliación íntegra, se entenderá efectuada de forma incompleta. Seis.-Se faculta al Administrador para realizar y formalizar los trámites y documentos necesarios para la efectividad del acuerdo, incluso la elevación a público, en la forma que proceda. La ampliación de capital conlleva en consecuencia la modificación del artículo sexto de los Estatutos Sociales, conforme se redacta.

Artículo Sexto. Capital Social.-El Capital social de la sociedad será de sesenta y seis mil ciento diez euros (66.110 euros), totalmente suscrito y desembolsado, dividido en once mil (11.000) participaciones sociales iguales, indivisibles y acumulables, numeradas de la 1 a la 11.000, ambas inclusive, y de un valor nominal cada una de seis euros con un céntimo (6,01 euros).

Se aprueba por unanimidad de los asistentes, que representan el 51 por 100 del capital social.

Zaragoza, 26 de abril de 2007.-El Administrador Único, don Francisco Javier Rodríguez Rascón.-26.084.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril