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Documento BORME-C-2007-94411

SAMAROCA, SICAV, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 94, páginas 16604 a 16604 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-94411

TEXTO

Anuncio de transformación en sociedad limitada

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 150.1.º y 224.2.º de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, se hace público:

Primero.-Que el día 14 de mayo de 2007 se celebró, en el domicilio social, Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad Mercantil, «Samaroca Sicav, Sociedad Anónima».

Segundo.-Que se adoptaron con el voto favorable de los cuatro socios asistentes que representaban el 99,999 por ciento del íntegro capital social, los siguientes acuerdos incluidos en los puntos del Orden del día. Tercero.-Transformar la Sociedad Anónima en Limitada, de conformidad con lo estipulado en el artículo 223.º y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Como consecuencia de ello, la Sociedad se denominará «Samaroca, Sociedad Limitada». Cuarto.-Aprobar el balance general de la Sociedad cerrado el día anterior hábil al del acuerdo de transformación; esto es 11 de mayo de 2007. Quinto.-Aprobar los nuevos estatutos sociales, por los que se regirá a partir de ahora la sociedad, los cuales están adaptados a la vigente legislación reguladora de las Sociedades de Responsabilidad Limitada. Como consecuencia de la transformación se modifica el objeto social de la Sociedad recogido en el artículo 2.º de los nuevos Estatutos Sociales de «Samaroca, Sociedad Limitada» que recoge lo siguiente:

Constituye el objeto social de la compañía:

La promoción de negocios y empresas industriales, comerciales, inmobiliarias, forestales, agrícolas, energías alternativas y medio ambiente.

Administración, asesoramiento, gestión de actuaciones urbanísticas y prestación de servicios de todo tipo con relación a bienes inmuebles, según convenga a su aprovechamiento agrícola, forestal, urbano, industrial o cualquier naturaleza. Estudio, realización, asesoramiento, contratación y gestión de trabajos técnicos relacionados con todo tipo de actuaciones del tipo de empresas antes mencionadas, así como estudios de mercado, de oferta y de demanda en relación a bienes e inmuebles, cualquiera que sea su condición rústica o urbana y cualquiera que sea su aprovechamiento urbanístico. El arrendamiento de bienes muebles. La gestión e intermediación mercantil. Adquisición, tenencia, disfrute, explotación y enajenación de toda clase de finca rústica o urbana, cualquiera que fuera su naturaleza. Promoción, construcción, rehabilitación y reparación, por cuenta propia o ajena, de toda clase de obras, urbanizaciones, edificios comerciales e industriales y construcciones, tanto públicas como privadas, tanto para su venta como alquiler. La tenencia de las participaciones de las sociedades filiales en las que participa. Adquirir, poseer, usar, ceder, vender ya sea como principal o como representante o agente, patentes marcas, nombres comerciales y cualesquiera otros derechos de propiedad industrial como de propiedad intelectual. La administración, gestión y dirección empresarial, de secretariado, y cuantos servicios pueda precisar una empresa relacionada con sus tareas administrativas, de gestión y dirección, siempre que la ejecución del servicio no se encuentre prohibida a sociedades mercantiles. Las actividades enumeradas podrán ser desarrolladas por esta sociedad de modo indirecto total o parcialmente, mediante la participación en otras sociedades con objeto idéntico o análogo. La sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir, poseer, gravar y enajenar toda clase de bienes y derechos, aun los no destinados al tráfico que constituye su objeto. También podrá prestar servicios de gestión y administración en las sociedades que participe.

Sexto.-Adjudicar a los socios, las participaciones sociales resultantes de la transformación de la Sociedad, en la misma forma y proporción en que les pertenecían las acciones, es decir, a razón de una participación por acción.

Lo que se hace público de conformidad con el artículo 150.1.º y 224.2.º de la Ley de Sociedades Anónimas y demás disposiciones legales aplicables.

A Coruña, 14 de mayo de 2007.-El Administrador solidario, Miguel Ángel San Martín Pérez.-31.667.

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