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Documento BORME-C-2007-96327

MUTUALIDAD GENERAL DE PREVISIÓN DEL HOGAR «DIVINA PASTORA», MUTUALIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL A PRIMA FIJA

Publicado en:
«BORME» núm. 96, páginas 16918 a 16919 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-96327

TEXTO

Convocatoria de asamblea general ordinaria y extraordinaria

Por acuerdo de la Junta directiva celebrada el pasado día 11 de mayo de 2007 y conforme al artículo 26.2, en relación con los artículos 19.2 y 21, de los vigentes Estatutos sociales de Mutualidad General de Previsión del Hogar «Divina Pastora», Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, se convoca a los señores mutualistas a la Asamblea general ordinaria y extraordinaria, que se celebrará el día 28 de junio de 2007, a las nueve horas, en primera convocatoria, y el mismo día, a las diez horas en segunda convocatoria, en la sala Rodrigo del Palau de la Música, paseo de la Alameda, número 30, de Valencia, con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.-Informe del Director General. Segundo.-Informe anual sobre el grado de conducta e inversiones temporales financieras. Tercero.-Informe medioambiental. Cuarto.-Aprobación, si procede, del informe de gestión y de las cuentas anuales individuales y consolidadas de su grupo, de Mutualidad General de Previsión del Hogar Divina Pastora, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija (comprensivas del Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria), correspondientes al ejercicio económico 2006, previo informe de los auditores, resolviendo la Asamblea general sobre la aplicación del resultado del ejercicio. Quinto.-Censura de la gestión social, con aprobación de la desempeñada por la Junta Directiva, si fuera pertinente. Sexto.-Nombramiento de las personas que deben ejercer la auditoría de cuentas de la Mutualidad. En su caso, reelección de auditores para el ejercicio económico 2007. Séptimo.-Aprobación del presupuesto anual para el ejercicio 2007. Octavo.-Aprobación de la cláusula de indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros de las pérdidas derivadas de acontecimientos extraordinarios en seguros de personas, a incluir en AVAF y para modificar en PPBB y MP. Noveno.-Modificación del Reglamento de las Prestaciones Básicas, dando nueva redacción a los artículos 22, 52, 59, 66 y 72 con finalidad aclaratoria y modificación del Reglamento de Multirriesgo Personal dando nueva redacción a los artículos 22, 35, 41 y 47. Décimo.-Renovación parcial ordinaria de la Junta Directiva correspondiente al año 2007 con arreglo al artículo 13 del «Procedimiento electoral. Normas para la renovación para la Junta Directiva así como para la provisión de vacantes que se produzcan en la misma», aprobado por la Junta Directiva al amparo del artículo 26.2.f) de los Estatutos sociales. Elección de los miembros mediante votación de entre las candidaturas proclamadas conforme al artículo 6 de las normas que regulan el Procedimiento Electoral, si procede. Undécimo.-Designación de dos mutualistas, uno de los cuales, si procede, será designado entre los que hubieren disentido de los acuerdos adoptados, para la aprobación, dentro del plazo de quince días, del acta de la Asamblea general, si no es aprobada por la misma a continuación de haberse celebrado ésta, con arreglo al artículo 24.2 de los Estatutos sociales. Duodécimo.-Lectura y aprobación del acta de la Asamblea general.

Notas: La documentación relativa a los acuerdos a someter a la Asamblea general se halla a disposición de los señores mutualistas para su examen, si lo consideran procedente, en el domicilio social de la Mutualidad desde la fecha de esta convocatoria hasta la celebración de la Asamblea general. Asimismo, durante el plazo comprendido entre la convocatoria y la celebración de la Asamblea general, los mutualistas podrán solicitar por escrito a la Junta Directiva las aclaraciones que estimen convenientes.

Los mutualistas podrán delegar la asistencia y voto en otro mutualista para la Asamblea general mediante representación conferida por escrito y con carácter especial para esta Asamblea general; esta delegación tiene el límite que, conforme al artículo 20.2 de los Estatutos, no podrá exceder de cinco el número de representaciones que puede tener un mismo mutualista en la Asamblea general. Particularmente, para la renovación de los miembros de la Junta Directiva la delegación de voto ha de ajustarse al artículo 7 del «Procedimiento Electoral».

Valencia, 18 de mayo de 2007.-El Presidente, Armando Nieto Álvarez-Uría.-33.752.

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