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Documento BORME-C-2007-96492

VALPONTE, S. A. (Sociedad absorbente) VALPRADO, S. A. HECANIS, S. A. (Sociedades absorbidas)

Publicado en:
«BORME» núm. 96, páginas 16949 a 16949 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-96492

TEXTO

Acuerdo de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que las Junta Generales de accionistas de estas sociedades acordaron, en sus respectivas reuniones celebradas el 3 de mayo de 2007, la fusión de Valponte, Sociedad Anónima con Valprado, Sociedad Anónima y Hecanis, Sociedad Anónima, mediante la absorción de las dos últimas sociedades por parte de la primera, lo que implicará la extinción sin liquidación de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquirirá, por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, de conformidad y en los términos del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 13 de abril de 2007. Se hace constar que esta fusión se efectúa al amparo del artículo 250 de la Ley de Sociedades Anónimas, por lo que no se produce canje de acciones ni aumento de capital social en la sociedad absorbente. Las Juntas Generales han aprobado el proyecto de fusión y los respectivos balances de fusión cerrados al 31 de diciembre de 2006. Las operaciones de las sociedades que se extinguen se considerarán realizadas por la sociedad absorbente a partir del día 1 de enero de 2007. La sociedad absorbente seguirá siendo administrada por dos Administradores solidarios y regida por los Estatutos Sociales vigentes. No existen acciones de clases especiales o titulares de derechos especiales distintos de las acciones. No se ha atribuído ninguna ventaja a favor de los órganos de Administración de las sociedades intervinientes en el proyecto de fusión.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de la fusión, así como el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan de oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, que podrá ser ejercitado durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de fusión.

Madrid, 3 de mayo de 2007.-El Administrador solidario de Valponte, S.A. y Valprado, S.A. y el Administrador único de Hecanis, S.A., Héctor Sánchez García.-32.165.

1.ª 22-5-2007

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