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Disolución con cesión global del Activo y del Pasivo
A los efectos de lo establecido en el artículo 246 del Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que el socio único de «Clouseau, Sociedad Limitada Unipersonal» ha decidido la disolución de esta sociedad, mediante la cesión global del activo y del pasivo a su socio único, «Draftworldwide, Sociedad Anónima Unipersonal», que, asimismo, tomó conocimiento de dicha disolución y aceptó la referida cesión a través de su órgano de Administración.
Se informa a los acreedores de «Clouseau, Sociedad Limitada Unipersonal» (sociedad cedente), y de «Draftworldwide, Sociedad Anónima Unipersonal» (sociedad cesionaria), sobre el derecho a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y a oponerse a la cesión en el plazo de un mes en los términos previstos en el artículo 246 del Reglamento del Registro Mercantil y en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.
Madrid, 17 de mayo de 2007.-Pilar García Miranda, Presidente del Consejo de Administración de Clouseau, S. L. (sociedad unipersonal), y Administrador solidario de Draftworldwide, S. A. (sociedad unipersonal).-32.685.
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