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Documento BORME-C-2007-98376

MONTE HALCONES, S. L. (Sociedad totalmente escindida) CAPITAL RENTING BUSINESS, S. L. CENTRO INMOBILIARIO R. A. CAPITAL, S. L. CUARTEL DEL DUQUE, S. L. (Sociedades beneficiarias ya constituida) CAPITAL SUELO, S. L. MONASTERIO EL CUERVO, S. L. GESTIÓN CAPITAL GOLF, S. L. GOLF CLUB FLAMINGO EXECUTIVE, S. L. CENTRO COMERCIAL MONTE HALCONES, S. L. FUNDARVI, S. L. PALACIO TRINIDAD GRUND, S. L. CENTRO COMERCIAL FLAMINGOS, S. L. RAQUET CLUB VILLA PADIERNA, S. L. (Sociedades beneficiarias de nueva creación)

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 17492 a 17492 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-98376

TEXTO

Anuncio de escisión total

La Junta General Extraordinaria de la mercantil Monte Halcones, S.L. ha adoptado, con fecha 2 de mayo de 2007, el acuerdo de escindir totalmente la sociedad con la consiguiente extinción de la misma, mediante su disolución sin liquidación y el traspaso a título universal de todo su patrimonio social a las sociedades beneficiarias preexistente Capital Renting Business, S.L., Centro Inmobiliario R.A. Capital, S.L. y Cuartel del Duque, S.L. y a las sociedades de nueva creación Capital Suelo, S.L., Monasterio El Cuervo, S.L., Gestión Capital Golf, S.L., Golf Club Flamingo Executive, S.L., Centro Comercial Monte Halcones, S.L., Fundarvi, S.L., Palacio Trinidad Grund, S.L., Centro Comercial Flamingos, S.L. y Raquet Club Villa Padierna, S.L., aportándose a cada una de ellas los activos y pasivos que se detallan en el proyecto de escisión total suscrito por el órgano de administración de la sociedad escindida y por el órgano de administración de las sociedades beneficiarias de la escisión, en fecha 30 de marzo de 2007, y depositado en el Registro Mercantil de Málaga en la misma fecha. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades intervinientes en el proceso de escisión total, de obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y el balance de escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de la entidad que se escinde. Asimismo, los acreedores de la sociedad escindida podrán oponerse a la escisión total en los términos previstos en los artículos 166 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Benahavís, 3 de mayo de 2007.-Administrador único de todas las mencionadas sociedades, Ricardo Arranz de Miguel.-32.532. 1.ª 23-5-2007

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