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Documento BORME-C-2007-99535

SOCIEDAD DE FOMENTO AGRÍCOLA CASTELLONENSE, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 17872 a 17873 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2007-99535

TEXTO

Anuncio de Reducción de Capital Social

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 165 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el Consejo de Administración de «Sociedad de Fomento Agrícola Castellonense, S.A.», en sesión de fecha 27 de abril de 2007 acordó, por unanimidad de los asistentes, y previa delegación de facultades de la Junta General Extraordinaria de accionistas de la sociedad celebrada en segunda convocatoria en fecha de 8 de marzo de 2007, reducir el capital social de «Sociedad de Fomento Agrícola Castellonense, S.A.», en la cuantía de un millón doscientos setenta y seis mil quinientos veinte euros (1.276.520 euros) para dejarlo fijado en la cifra de cinco millones novecientos veinticinco mil quinientos setenta mil euros (5.925.570 euros). La reducción de capital se realiza con la finalidad de amortizar parte de las 186.907 acciones adquiridas por la Sociedad en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad celebrada en segunda convocatoria en fecha de 8 de marzo de 2007, en el marco de lo establecido en el artículo 170 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. En consecuencia se amortizan 127.652 acciones propias, las numeradas de la 525.654 a la 599.314, de la 602.465 a la 622.969, de la 624.430 a la 646.224 y de la 647.685 a la 659.375, todas inclusive, de diez euros (10 euros) de valor nominal cada una de ellas, íntegramente suscritas y desembolsadas.

Se deja expresa constancia de que, puesto que la reducción del capital social se realiza, al amparo de lo dispuesto en el artículo 167.3.º del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, con cargo a beneficios y a reservas libres y el importe del valor nominal de las acciones se destina a una reserva de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos exigidos para la reducción del capital social, los acreedores no podrán oponerse a la reducción de capital acordada.

Castellón de la Plana (Castellón), 2 de mayo de 2007.-Don Miguel Tena Beti, Secretario del Consejo de Administración.-31.554.

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