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Documento BORME-C-2008-108138

ROBERT BOSCH ESPAÑA, S. A. Unipersonal (Sociedad absorbente) BUDERUS CALEFACCIÓN, S. L. Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 108, páginas 18148 a 18148 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-108138

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo previsto en los artículos 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aplicables por remisión efectuada por el artículo 94 de la Ley de Sociedades Limitadas, se hace público que por acuerdo de las Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias, de accionistas y de socios, de Robert Bosch España, Sociedad Anónima Unipersonal, y Buderus Calefacción, Sociedad Limitada Unipersonal, celebradas con carácter universal el día 27 de mayo de 2008, en Madrid, aprobaron el Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los Administradores de las dos sociedades citadas, con fecha 30 de abril de 2008, depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 21 de mayo de 2008, con extinción sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio a Robert Bosch España, Sociedad Anónima Unipersonal, como sociedad absorbente, a título de cesión universal quedando subrogada la sociedad absorbente en todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, de acuerdo con lo previsto en el artículo 233 de la Ley de Sociedades Anónimas, en los términos del citado Proyecto de Fusión. De igual manera las Juntas Generales de Accionistas aprobaron el Balance de Fusión cerrado el 31 de diciembre de 2007, verificado por los auditores de cuentas, en su caso, no procede efectuar ningún canje de las acciones, al ser la sociedad absorbente poseedora del cien por cien de las acciones de la absorbida. Las operaciones de Buderus Calefacción, Sociedad Limitada Unipersonal, habrán de considerarse realizadas a efectos contables, por cuenta de Robert Bosch España, Sociedad Anónima Unipersonal, a partir de las 0,00 horas del día 1 de enero de 2008. No se otorgará derecho especial alguno en la sociedad absorbente. No se atribuirá ventaja alguna a favor de los administradores de las sociedades intervinientes en la fusión.

De conformidad con lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso que asiste a los accionistas, socios y acreedores de cada una de las dos sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de Fusión. De igual manera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar de modo expreso el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes, contando desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores y obligacionistas de cada una de las dos sociedades que participan en la fusión, en los términos que resultan del citado precepto y el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 28 de mayo de 2008.-El Secretario del Consejo de Administración de Robert Bosch España, Sociedad Anónima Unipersonal, y el Administrador Único de Buderus Calefacción, Sociedad Limitada Unipersonal, Alejandro García-Casal Anderten.-37.746.

1.ª 9-6-2008

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