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Documento BORME-C-2008-109071

IUSAVANT, S. A. Unipersonal (Sociedad absorbente) IUS IBERIA, S. L. Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 109, páginas 18325 a 18325 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-109071

TEXTO

Anuncio de fusión

Se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, que las Juntas generales y universales de socios de las mercantiles, Iusavant S.A. (Unipersonal) Sociedad absorbente y Iusiberia S.L. (Unipersonal) sociedad absorbida, ambas celebradas el 5 de junio de 2008 han adoptado por unanimidad la fusión por absorcion de Iusavant S.A. (Unipersonal) de Ius Iberia S.L. (Unipersonal) Sociedad absorbida, la cual se disuelve y extingue, y pasando todo su patrimonio a la sociedad absorbente. La fusión se llevará a cabo mediante la absorción de Iusiberia S.L. (Unipersonal) por parte de Iusavant S.A. (Unipersonal) a la fecha la sociedad Iusavant, S.A. (Unipersonal), posee la totalidad de las acciones que integran el capital de Ius Iberia S.L. (Unipersonal); según lo establecido en el articulo 250 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas queda simplificado el procedimiento a seguir para la fusión aprobada, todo ello, tal como consta en el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil, el día 29 de mayo del 2008. Así mismo, ha sido aprobado como balance de fusión , cerrado el 30 de abril del 2008, que cumple los requisitos establecidos en el articulo 239 de la ley de sociedades anónimas. En cumplimiento de los dispuesto en los artículos 242 y 243 de la ley de sociedades anónimas, se hace constar:

1.º Los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión tiene derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión, que se encuentran en el domicilio de la sociedad absorbente, en Madrid , calle san Telmo 67, 28026 - Madrid.

2.º Durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último de los anuncios del acuerdo de fusión, los acreedores de las sociedades participantes en la fusión, podrán oponerse a esta en los términos previstos en los artículos 243 y 166 de la mencionada ley de sociedades anónimas.

Madrid, 5 de junio de 2008.-D. Javier García Atance. Administrador Único de la Sociedad Absorbente - Iusavant S.A. (Unipersonal).-38.607. 2.ª 10-6-2008

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