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Documento BORME-C-2008-112065

MAGAN OBRAS, SOCIEDAD LIMITADA Unipersonal (Sociedad absorbente) CONSTRUCCIONES E INGENIERÍA DE LA SAFOR, SOCIEDAD ANÓNIMA Unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 112, páginas 18802 a 18802 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-112065

TEXTO

Anuncio de acuerdo de fusión simplificada

Magan Obras, Sociedad Limitada, unipersonal, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 4854, libro 2163, folio 9, hoja número V-33871, Sección General, inscripción primera, con domicilio en Palma de Gandia, 46724, calle Ponent, 17, del polígono industrial, y NIF B96254750. Construcciones e Ingeniería de la Safor, Sociedad Anónima, unipersonal, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 6578, libro 3882, folio 144, Sección G, hoja número V-70807, con domicilio en Palma de Gandia, 46724, calle Ponent, 19, del polígono industrial, y NIF A96963129. El socio único de las sociedades relacionadas, actuando como Junta general de las mismas, con fecha 10 de junio de 2008, acordó su fusión sobre la base de los Balances de 31 de diciembre de 2007, también aprobados por el socio único, mediante absorción por Magan Obras, Sociedad Limitada, unipersonal, de Construcciones e Ingeniería de la Safor, Sociedad Anónima, unipersonal, de conformidad con el proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Valencia con fecha 27 de mayo de 2008, el cual fue también aprobado por dicho socio único, quien asimismo decidió que la sociedad absorbente Magan Obras, Sociedad Limitada, unipersonal, cambiará su denominación social y a partir de la fusión pasará a denominarse Coprusa Ingeniería y Construcción, Sociedad Limitada, unipersonal.

Como la sociedad absorbente y la absorbida son unipersonales y su socio único es Comunidades y Promociones Urbanas, Sociedad Anónima, tras la correspondiente ampliación del capital social de la absorbente no es necesario emitir ni integrar nuevas participaciones a los socios, ni ha lugar a establecer relación de canje ni procedimiento de canje. Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán efectuadas contablemente por cuenta de la sociedad absorbente a partir del día 1 de enero de 2008. No se reconoce a sujeto alguno derechos especiales. Se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de todas las sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades, en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Gandia, 11 de junio de 2008.-Administradora única, Natalia Lacomba Cámara.-39.737. 1.ª 13-6-2008

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