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Documento BORME-C-2008-12008

BODEGAS VEGA DE LA REINA, S. A. (Sociedad absorbente) VIÑEDOS DE CASTILLA, S. A. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 12, páginas 1658 a 1658 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-12008

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 y a los efectos de lo previsto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público:

Primero.-Que en las Juntas generales extraordinarias de accionistas de ambas sociedades celebradas el día 26 de diciembre de 2007, acordaron, por unanimidad, la fusión por absorción de la sociedad Viñedos de Castilla, Sociedad Anónima (absorbida) por parte de Bodegas Vega de la Reina, Sociedad Anónima (absorbente), con extinción por disolución sin liquidación de aquella y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la sociedad absorbente, que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

La fusión se acordó conforme al proyecto de fusión, depositado en el Registro Mercantil de Madrid el 19 de octubre de 2007, y supone la ampliación de capital de la sociedad absorbente en 433.715,37 euros, con una prima de emisión de 24.717,60 euros, a fin de dar la correspondiente contraprestación a los accionistas de la sociedad absorbida. La ecuación de canje aprobada es de 11 acciones nuevas por cada una de las antiguas. No hay titulares de acciones de clases especiales, ni tampoco personas que tengan derechos especiales distintos de las acciones, en ninguna de las sociedades que intervienen en la operación. Por ello, no se van a otorgar ni derechos ni opciones a los socios de las sociedades. Tampoco se conceden ventajas de ninguna clase al experto independiente que ha intervenido en esta fusión ni a los administradores de las sociedades que se fusionan.

Segundo.-Se hace constar, a tenor de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las respectivas sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Asimismo, se hace constar, en cumplimiento del artículo 243 de la misma Ley, el derecho que asiste a los acreedores de dichas sociedades de oponerse a la fusión durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo de fusión, en los términos previstos en el artículo 166 de la misma.

Madrid, 27 de diciembre de 2007.-El Secretario del Consejo de Administración. Inversiones Inmopensión 22, Sociedad Limitada, José Benito Soto Losa.-1.309.

y 3.ª 18-1-2008

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