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Documento BORME-C-2008-121119

SKF ESPAÑOLA, S. A. Sociedad unipersonal) (Sociedad absorbente) SKF PRODUCTOS INDUSTRIALES, S. A. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 20193 a 20194 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-121119

TEXTO

fusión por absorción

El accionista único de la sociedad «SKF Española, Sociedad Anónima» (Sociedad unipersonal), como «sociedad absorbente», y el accionista único de «SKF Productos Industriales, Sociedad Anónima» (Sociedad unipersonal), como «sociedad absorbida», en ejercicio de las facultades que les concede la normativa vigente, adoptaron con fecha 24 de junio de 2008, la decisión de aprobar la fusión por absorción de «SKF Productos Industriales, Sociedad Anónima» (Sociedad unipersonal) por parte de «SKF Española, Sociedad Anónima» (Sociedad unipersonal), en los términos del proyecto de fusión suscrito por los Administradores de las sociedades involucradas presentado a depósito en el Registro Mercantil de Navarra y en el Registro Mercantil de Barcelona, sobre la base de los Balances cerrados por las sociedades participantes a 31 de diciembre de 2007, aprobados como Balances de fusión. En este sentido, la sociedad «SKF Productos Industriales, Sociedad Anónima» (Sociedad unipersonal) queda extinguida y disuelta sin liquidación, siendo su patrimonio absorbido por «SKF Española, Sociedad Anónima» (Sociedad unipersonal). Dado que «SKF Española, Sociedad Anónima» (Sociedad unipersonal) es titular del 100% de las acciones de «SKF Productos Industriales, Sociedad Anónima» (Sociedad unipersonal), no procede en este caso aumentar el capital social de la sociedad absorbente.

A los efectos de lo previsto en el artículo 243 de la L.S.A., se hace constar que los acreedores de las sociedades participantes podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de fusión y en los términos del artículo 166 de la L.S.A. A los efectos de lo previsto en el artículo 242 de la L.S.A., se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados así como los Balances de fusión de las sociedades participantes.

Madrid, 25 de junio de 2008.-Santiago Martínez Lage, Secretario no Consejero de SKF Española, S.A. (Sociedad unipersonal) y de SKF Productos Industriales, S.A. (Sociedad unipersonal).-42.016. 1.ª 26-6-2008

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