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Documento BORME-C-2008-126064

MILLENNIUM ENERGY, S.A.U. (Sociedad absorbente y sociedad escindidia) TÉCNICOS DE MANTENIMIENTO, S.A.U. (Sociedad absorbida) TECMAN SERVICIOS DE VALOR AÑADIDO, S.L.U. MILLENNIUM ENERGY, S.L.U. (Sociedades beneficiarias)

Publicado en:
«BORME» núm. 126, páginas 20834 a 20835 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-126064

TEXTO

Anuncio de fusión y escisión total

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 242 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que, mediante decisión del socio único de «Millennium Energy, Sociedad Anónima Unipersonal» y «Técnicos de Mantenimiento, Sociedad Anónima Unipersonal» de fecha 30 de junio de 2008, se aprobó el proyecto de fusión y, en consecuencia, la fusión por absorción de «Técnicos de Mantenimiento, Sociedad Anónima Unipersonal» por «Millennium Energy, Sociedad Anónima Unipersona»l, con extinción sin liquidación de «Técnicos de Mantenimiento, Sociedad Anónima Unipersonal» y transmisión en bloque de su patrimonio, a «Millennium Energy, Sociedad Anónima Unipersonal», que adquirirá todos los derechos y obligaciones a título de sucesión universal, como sociedad absorbente, así como el Balance cerrado a 31 de diciembre 2007, de cada una de ellas, como Balance de fusión. De conformidad con lo previsto en el artículo 250 de la misma Ley citada, no se ha efectuado aumento de capital alguno en la sociedad absorbente. De igual manera, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas (por remisión expresa del artículo 254 de dicha Ley) se hace público que mediante decisión del socio único de «Millennium Energy, Sociedad Anónima Unipersona»l, asimismo, con fecha de 30 de junio de 2008, se aprobó el proyecto de escisión total y, en consecuencia, la escisión total de la mencionada sociedad, con división total de su patrimonio en dos partes, cada una de las cuales se traspasará a dos sociedades beneficiarias de nueva creación («Tecman Servicios de Valor Añadido, Sociedad Limitada Unipersonal» y «Millennium Energy, Sociedad Limitada Unipersonal»), quienes se subrogarán en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio escindido, con disolución sin liquidación de «Millennium Energy, Sociedad Anónima Unipersonal». Dicha decisión se ha adoptado sometida a la condición suspensiva de la inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia de la fusión por absorción de «Técnicos de Mantenimiento, Sociedad Anónima Unipersonal» por «Millennium Energy, Sociedad Anónima Unipersonal». Todo ello en los términos del proyecto de fusión y escisión total, aprobado por los Administradores y depositado en el Registro Mercantil de Bizkaia.

En cumplimiento de lo previsto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar el derecho que asiste a todos los accionistas y acreedores de las sociedades citadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y Balances de fusión y escisión y, asimismo, el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión y escisión, asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión y escisión total.

Bilbao, 1 de julio de 2008.-Cristina Ávila García, persona física representante de Naturgas Energía Grupo, S.A., Presidente del Consejo de Administración de Técnicos de Mantenimiento, S.A.U. y Enrique Palomino Bilbao, persona física representante de Naturgas Energía Comercializadora, S.A.U. Presidente del Consejo de Administración de Millennium Energy, S.A.U.-42.881. 1.ª 2-7-2008

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