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Documento BORME-C-2008-130097

J. MARTÍNEZ ARCE Y ASOCIADOS, S. L. (Sociedad absorbente) NUEVA VIVIENDA VIP, S. L. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 21378 a 21379 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-130097

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, en virtud de remisión expresa del artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que, el día 30 de junio de 2007, la Junta General de socios de la entidad «J. Martínez Arce y Asociados, Sociedad Limitada», y la Junta General de socios de la entidad «Nueva Vivienda Vip, Sociedad Limitada», acordaron la fusión por absorción de «Nueva Vivienda Vip, Sociedad Limitada» (en adelante, «Sociedad absorbida») por parte de «J. Martínez Arce y Asociados, Sociedad Limitada» (en adelante, «Sociedad absorbente»), con extinción, mediante la disolución sin liquidación de aquélla, y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones de la Sociedad absorbida, en los términos y condiciones establecidos en el Proyecto de Fusión de fecha 11 de junio de 2008 suscrito por los administradores únicos de las sociedades intervinientes y depositado en los Registros Mercantiles de Murcia y de Madrid. . A cambio del patrimonio recibido por la Sociedad Absorbente de la Sociedad Absorbida, ha sido incrementado el capital social de la Sociedad Absorbente en la cifra de 198.058 euros, hasta la cifra de 258.167,70 euros, con una prima de emisión total de 1.970.574,13 euros. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los domicilios sociales de las entidades intervinientes, conforme a lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas. .

Se hace constar, asimismo, el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de oponerse a la misma, en los términos previstos en el artículo 166 por remisión del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Murcia y Madrid, 30 de junio de 2008.-D. José Ignacio Muniozguren Lazcano, Administrador único de J. Martínez Arce y Asociados, S.L., y D. Juan Martínez Arce, administrador único de Nueva Vivienda Vip, S.L.-43.019. y 3.ª 9-7-2008.

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