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Documento BORME-C-2008-13076

LEGACOM COMUNICACIÓN, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 13, páginas 1786 a 1786 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-13076

TEXTO

Cambio de objeto social y modificación de Estatutos

La Junta general de accionistas, celebrada con carácter universal el día 14 de diciembre de 2007, ha acordado modificar el objeto social y los artículos que se apuntan a continuación, que en lo sucesivo quedarán redactados de la siguiente manera: «Artículo 3.-Constituye el objeto social la gestión del servicio público del Ayuntamiento de Leganés, referente a la información, radiodifusión, televisión, edición y comunicación, en especial:

a) La producción, reproducción y difusión de sonidos mediante emisiones radioeléctricas.

b) La información escrita mediante la edición y distribución de revistas, folletos, carteles, incluyendo los medios telemáticos y cualquier otro que se estime necesario. c) El desarrollo de otros medios de comunicación, incluida la televisión y los audiovisuales, que se consideren oportunos. Estos no se llevarán a efecto hasta que la sociedad obtenga los requisitos exigidos por la normativa especial sobre medios de comunicación audiovisuales. d) Actividades de diseño, edición y gestión de la información, campañas publicitarias y otras herramientas de difusión, en los diversos soportes (escritos, audiovisuales, etc...). e) Establecimiento y desarrollo de los programas educativos y de formación profesional de técnicos en medios audiovisuales y de comunicación social. f) Organización de eventos relacionados con la comunicación. g) Creación, mantenimiento, desarrollo de la imagen corporativa del Ayuntamiento de Leganés, de sus organismos autónomos y entidades públicas empresariales, así como a terceros. h) Planteamiento y ejecución de acciones innovadoras de diseño y comunicación. i) Gestión del merchandising generado por el Ayuntamiento de Leganés, sus organismos autónomos y entidades públicas empresariales. j) Gestión de los espacios publicitarios en los medios de comunicación usados por el Ayuntamiento de Leganés, sus organismos autónomos y entidades públicas empresariales.

Artículo 14.-El Consejo de Administración quedará constituido y adoptará sus acuerdos en forma prevista en la Ley. Estará integrado por un número de Consejeros no inferior a ocho, ni superior a veintisiete, de los cuales la Presidencia se atribuyen al Alcalde de Leganés, o persona en quien delegue; y el resto, menos uno, elegidos por la Junta general de accionistas y ejercerán el cargo por el plazo de cuatro años, que coincidirá con el de la Legislatura Local. Un miembro adicional, con voz pero sin voto, será elegido por la Junta general de accionistas a propuesta de la Federación de AAVV de Leganés. No obstante, si algún Consejero cesara en su cargo, por cualquier causa, podrá ser sustituido por un nuevo Consejero, cuyo cargo finalizará con la Legislatura Local dentro de la que fue nombrado.

Artículo 15.-El Consejo de Administración podrá crear una Comisión Ejecutiva que estará formada por cinco miembros del Consejo de Administración. Artículo 19.-Retribución. Los miembros del Consejo de Administración elegidos conforme a la representación política no percibirán dietas por asistencia. El resto de miembros percibirán las dietas por asistencia que se aprueben por la Junta general. Artículo 26.-El Consejo de Administración designará un Director Gerente, nombramiento que habrá de recaer en un profesional de reconocido prestigio.»

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley de Sociedades Anónimas y artículo 163 del Reglamento del Registro Mercantil.

Madrid, 10 de enero de 2008.-El Presidente del Consejo de Administración, Rafael Gómez Montoya.-1.538.

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