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La Junta general extraordinaria de la sociedad, en su reunión celebrada el día 26 de mayo de 2008, ha acordado por unanimidad, en virtud de lo establecido en el artículo 260.1.4 de la Ley de Sociedades Anónimas, la disolución sin liquidación de la sociedad con nombramiento de Liquidador único.
Mérida, 5 de agosto de 2008.-El Liquidador único, Alfonso González Risco.-50.028.
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