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Documento BORME-C-2008-159029

NETFRACTAL, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 159, páginas 25709 a 25710 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-159029

TEXTO

Edicto

Doña Elisa Martí Vilache Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 7,

En los Autos tramitados en este juzgado con el número 266/08 sobre Convocatoria de Junta Ordinaria promovido por Joseph J. López contra Netfractal, S.A. se han dictado resoluciones con fecha 27 de mayo de 2008 y auto aclarando dicha resolución al número 15 de los antecedentes de hecho de fecha 16 de julio de 2008 que son del tenor literal siguiente:

Auto n.º 249/2008.

Iltmo.Sr. D. Andrés Sánchez Magro.

En Madrid a 27 de mayo de 2008.

Hechos

Primero.-Por D. Joseph López se presentó escrito alegando que perteneciéndoles acciones que representan, al menos, al 5 por ciento del capital social de la sociedad anónima Netfractal, S.A., solicitaron convocar Junta General Ordinaria de la sociedad Netfractal, S.A., con fundamento en el derecho que el Artículo 101.1 LSA confiere a todo accionista de la sociedad y más cuando, como en este caso, no existe Órgano de Administración que pueda convocarla, con arreglo al siguiente orden del día:

Orden del día

Primero.-Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales del ejercicio 2002. Segundo.-Examen y aprobación, en su caso, de la aplicación del resultado de las Cuentas Anuales de 2002. Tercero.-Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales del ejercicio 2003. Cuarto.-Examen y aprobación, en su caso, de la aplicación del resultado de las Cuentas Anuales de 2003. Quinto.-Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales del ejercicio 2004. Sexto.-Examen y aprobación, en su caso, de la aplicación del resultado de las Cuentas Anuales de 2004. Séptimo.-Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales del ejercicio 2005. Octavo.-Examen y aprobación, en su caso, de la aplicación del resultado de las Cuentas Anuales de 2005. Noveno.-Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales del ejercicio 2006. Décimo.-Examen y aprobación, en su caso, de la aplicación del resultado de las Cuentas Anuales de 2006. Undécimo.-Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales del ejercicio 2007. Duodécimo.-Examen y aprobación, en su caso, de la aplicación del resultado de las Cuentas Anuales de 2007. Decimotercero.-Informe de los señores Accionistas de la oferta de compra formulada sobre una sociedad participada. Decimocuarto.-Reducción de capital social capital a cero (0) euros para restablecer el equilibrio patrimonial de la Sociedad. Decimoquinto.-Aumento del capital social por un importe de 60.000 euros mediante la creación y puesta en circulación de 60.000 acciones nominativas, de 1 euro de valor nominal cada una. Decimosexto.-Modificación del domicilio social y consecuente modificación de los Estatutos Sociales. Decimoséptimo.-Cambio de la estructura del Órgano de Administración y consiguiente modificación de los Estatutos Sociales. Decimoctavo.-Nombramiento de Administrador Único. Decimonoveno.-Aprobación, en su caso, del Acta de la sesión.

Segundo.-Con fecha 21 de los corrientes se presentó escrito por el Procurador don Enrique Thomas de Carranza Méndez de Vigo en nombre y representación de Netfractal, S.A., al tener conocimiento extraprocesal de la solicitud de la Junta General Ordinaria de Accionistas de Netfractal, S.A. solicitando se le tenga a su representada por contestada la demanda y por allanada íntegramente a la demanda presentada por don Joseph J. López.

Fundamentos jurídicos

Único.-Conforme dispone el artículo 101.2 de la LSA, deberá convocarse judicialmente dicha junta con el orden del día que se hizo constar, nombrándose para presidir dicha Junta a don Joseph J. López y Secretario a don Alejandro Fernández de Araoz.

Parte dispositiva

Se convoca Junta General Extraordinaria de la Sociedad Anónima Netfractal, S.A., la Junta se celebrará en las oficinas del Despacho Araoz y Rueda Abogados, sito en 28046 Madrid, Paseo de la Castellana, 164-E2, el día 22 de septiembre de 2008, a las 10:30 horas en primera convocatoria y en el mismo lugar y hora el día 24 del mismo mes y año, en segunda convocatoria, siendo presidida por don Joseph J. López y Secretario don Alejandro Fernández de Araoz.

Líbrese testimonio del Auto que será notificado al procurador del demandante para su diligenciado y entrega al Secretario don Alejandro Fernández de Araoz. Anúnciese la Convocatioria en el BORME y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia con un mes de antelación, por lo menos, al señalado para la celebración de la Junta. Líbrense los oportunos oficios y Edictos que se entregarán a la parte actora para que gestionen su publicación, debiendo acreditar ante el Juzgado haberlo verificado en término de 10 días. Una vez acreditado dicho extremo y aportado copias de los ejemplares de su publicación, procédase al archivo de la causa. Se acuerda el desglose y devolución del Poder General para Pleitos presentado por la actora, una vez testimoniado en autos. Asimismo se acuerda la notificación a la parte demandada a través de su representación procesal.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante este Juzgado en el término de cinco días a partir del siguiente a su notificación.

Lo que así se manda y firma, doy fe.

Auto

Juez/Magistrado-Juez Sr./a.: Andrés Sánchez Magro.

En Madrid a 16 de julio de 2008. Dada cuenta; visto el estado procesal que mantienen las presentes actuaciones y a la vista del escrito presentado de común acuerdo por las partes, junto con los Edictos devueltos para la publicación del auto de fecha 27 de mayo de 2008 es procedente dictar esta resolución en base a los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.-En el presente procedimiento se ha dictado Auto con fecha 27 de mayo de 2008 convocando Junta Extraordinaria de la S.A. Netfractal, S.A. que se celebrará en Madrid en el Paseo de la Castellana 164-E2 el próximo 22 de septiembre de 2008 a las 10:30 horas en primera convocatoria y el día 24 de septiembre en segunda convocatoria, la cual ha sido notificada a las partes.

Segundo.-En la expresada resolución se contiene/n el/lo/s siguiente/s párrafo/s:

15. Aumento del capital social por un importe de 60.000 euros mediante la creación y puesta en circulación de 60.000 acciones nominativas, de 1 euro de valor nominal cada una.

Tercero.-Por las partes se ha presentado escrito solicitando la aclaración de mutuo acuerdo, del auto de fecha 27 de mayo de 2008 que contiene un error material recogido de la demanda y que aparece reflejado al hecho primero de esta resolución, cuando la voluntad real de la demandante, a la que la parte demandada se allana y presta conformidad es la de aumentar el capital social por un importe de 60.102 euros, mediante la creación y puesta en circulación de 60.102 acciones nominativas de 1 euro de valor nominal.

Fundamentos de Derecho

Único.-El artículo 214 de la L.E.C., después de proclamar el principio de que los tribunales no podrán variar las resoluciones judiciales una vez firmadas, admite, sin embargo, permite la aclaración de las mismas a petición de parte o de oficio, siendo que en este caso procede de conformidad con lo interesado rectificar la resolución dictada de fecha 27 de mayo de 2008 en el sentido expuesto en el antecedente de hecho primero, y dictar nueva resolución que contenga este pronunciamiento para su publicación en el BORME y el dirigido al diario de mayor circulación.

Parte dispositiva

S.S.º Acuerda: Se rectifica el auto dictado por este Juzgado en fecha 27 de mayo de 2008 en el sentido interesado por la parte demandante a lo que muestra su conformidad la demandada y que se refiere al punto 15 de los Antecedentes de Hecho de dicha resolución que queda redactado como sigue: 15 «Aumento del capital social por un importe de 60.102 euros mediante la creación y puesta en circulación de 60.102 acciones nominativas, de 1 euro».

Así lo manda y firma S.S. Doy fe.

Dado en Madrid a 18 de julio de 2008.-La Secretaria Judicial.

Madrid, 18 de julio de 2008.-La Secretaria del Juzgado.-51.096.

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