Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BORME-C-2008-179018

EOLIA RENOVABLES DE INVERSIONES, SCR, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 179, páginas 29763 a 29764 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-179018

TEXTO

Derechos de suscripción preferente A los efectos previstos en la normativa vigente y con objeto de que los señores accionistas de «Eolia Renovables de Inversiones, Sociedad Capital Riesgo, Sociedad Anónima» (la «Sociedad») puedan ejercitar su derecho de suscripción preferente en relación con la operación de aumento de capital acordada por Junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad celebrada el pasado día 16 de septiembre de 2008, se informa de lo siguiente:

La Junta general extraordinaria de accionistas de la sociedad celebrada con fecha 16 de septiembre de 2008 ha acordado aumentar el capital social de la sociedad en los términos siguientes: a) Cuantía: Aumentar el capital social en un importe de cinco millones doscientos setenta y ocho mil doscientos cincuenta y tres millones de euros (5.278.253) mediante la emisión de cinco millones doscientas setenta y ocho mil doscientas cincuenta y tres (5.278.253) acciones de un (1) euro de valor nominal cada una de ellas, de la misma clase y serie que las existentes, por tanto, con iguales derechos y obligaciones.

b) Modalidad: El aumento de capital social se suscribirá mediante aportaciones dinerarias. No se prevé la posibilidad de que existan dividendos pasivos derivados las acciones suscritas, de modo y manera que el desembolso correspondiente a cada acción suscrita debe ser total. c) Tipo de emisión: Las acciones de nueva creación serán emitidas con una prima de emisión total ascendente a sesenta y cuatro millones seiscientos noventa y siete mil doscientos treinta y seis euros con seis céntimos de euro (64.697.236,06 euros), a razón de 12,25732 € de prima de emisión por cada acción nueva emitida. d) Cuantía y clase de las aportaciones a realizar: En total, la cifra de aportaciones a realizar asciende a sesenta y nueve millones novecientos setenta y cinco mil cuatrocientos ochenta y nueve euros con seis céntimos de euro (69.975.489,06 euros), que deberán efectuarse de forma dineraria. e) Representación de las acciones nuevas: Las acciones nuevas quedarán representadas mediante anotaciones en cuenta, cuya llevanza corresponderá a la «Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A.» (Iberclear) y sus entidades participantes en los términos establecidos en las normas vigentes en cada momento. f) Suscripción y desembolso: Por aplicación de lo dispuesto por el artículo 158 texto resfundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que los antiguos accionistas podrán ejercitar el derecho de suscripción preferente, de conformidad con lo dispuesto a continuación, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente anuncio de oferta de suscripción de la nueva emisión en el Boletín del Registro Mercantil. A cada acción antigua le corresponde un (1) derecho de suscripción preferente. La ampliación de capital social sería desembolsada mediante aportaciones dinerarias. Se prevé la posibilidad de que la suscripción del aumento de capital sea incompleta. g) Relación de cambio. El presente aumento de capital se realizará con una relación de cambio de una acción nueva por cada 9,97199944754448 acciones antiguas ostentadas por cada uno de los accionistas en la Sociedad en la actualidad. Se hace constar que la proporción señalada es la resultante tras deducir las acciones propias en autocartera que, de conformidad con la legislación vigente, no tienen derecho de suscripción preferente. Adicionalmente, se hace constar que los Sres. Accionistas tendrán el derecho de agrupar sus derechos de suscripción preferente a efectos de suscripción de las acciones nuevas o de venderlos en los términos que se especifican más adelante. . h) Procedimiento para el ejercicio del derecho de suscripción preferente: De conformidad con lo establecido en el artículo 166 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprobó el Reglamento del Registro Mercantil, se deja expresa constancia del procedimiento para el ejercicio del derecho de suscripción preferente:

Durante el plazo de un (1) mes contado a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, los accionistas interesados en ejercitar el derecho de suscripción preferente deberán remitir a la sociedad (i) copia del ingreso en la cuenta que la Sociedad mantiene abierta en la entidad «Bankinter, Sociedad Anónima» bajo el número 0128/9404/06/0100007001, con el desembolso del 100% del nominal de la acción y de la prima de emisión correspondiente, así como (ii) un certificado de legitimación emitido conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y siguientes del Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero, sobre representación de valores por medio de anotaciones en cuenta y compensación y liquidación de operaciones bursátiles, acreditativo de la titularidad de un número de acciones de la Sociedad al menos igual al necesario para la suscripción de las acciones solicitadas y de los derechos de suscripción preferente necesarios para la suscripción de dichas acciones solicitadas, y con un plazo de vigencia al menos igual a lo que reste del periodo de suscripción preferente. La Sociedad conservará el referido certificado de legitimación y lo restituirá a su titular al término de dicho periodo de suscripción preferente y (iii) la instancia modelo, que se pondrá a disposición de los señores accionistas en el domicilio social de la Sociedad, en horario de oficinas, en la que se reflejarán el número de acciones que desean suscribir, así como la cuenta de valores en la que se deberán abonar las acciones suscritas.

Una vez finalizado el mencionado plazo, y todo caso dentro de los cuatro (4) días hábiles inmediatos siguientes, el órgano de administración: (i) Comprobará que los accionistas que hayan ejercido el derecho de suscripción, lo hayan realizado conforme al importe que les permita sus derechos respectivos. (ii) Verificará el efectivo desembolso de las certificaciones remitidas. (iii) En caso que apreciara algún defecto en los parámetros recogidos bajo las letras i. y ii. anteriores, comunicará dicho extremo al accionista afectado para que en el plazo de tres días hábiles subsane el error cometido. Si en dicho plazo no fuera subsanado el defecto, se entenderá que el accionista renuncia al derecho de suscripción preferente que le asiste. (iv) Una vez cotejados los diferentes extremos del derecho ejercitado por los señores accionistas y, en su caso, subsanados los errores detectados, el órgano de administración determinará si la suscripción ha alcanzado la totalidad del aumento propuesto. En el caso que las peticiones de suscripción remitidas por los señores accionistas, cubrieran la totalidad del importe al que asciende la ampliación planteada el Consejo de Administración fijará la cifra de capital social suscrita y procederá a otorgar la oportuna escritura de aumento de capital. Las acciones no suscritas, en su caso, por los Sres. Accionistas dentro del plazo de suscripción anterior, se podrán ofrecer a la sociedad de nacionalidad suiza RES Newco AG, sociedad de nacionalidad suiza, con domicilio en Vadianstrasse 59, 9000 St. Gallen, Suiza, inscrita en el Registro Mercantil de St. Gallen, Suiza bajo el número CH-320.3.059.622-9, para que pueda proceder a suscribirlas dentro de los treinta días siguientes al mes otorgado para el ejercicio del derecho de suscripción preferente por los Sres. Accionistas de la Sociedad. i) Transmisión del derecho de suscripción preferente: De conformidad con el artículo 158.3 de la Ley de Sociedades Anónimas, los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que deriven. De acuerdo con el artículo 9 de los Estatutos sociales, las acciones son libremente transmisibles, sin más limitaciones o requisitos que los establecidos en la Ley.

j) Suscripción incompleta: En caso de suscripción incompleta, esto es si no se suscriben todas las acciones emitidas en virtud del presente acuerdo, ni por los señores accionistas en el ejercicio de su derecho de suscripción preferente, ni por RES Newco AG, el capital se aumentará sólo en la cuantía de las suscripciones efectuadas.

Madrid, 17 de septiembre de 2008.-El Presidente del Consejo de Administración, Luis Carlos Croissier Batista.-54.636.

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid