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Documento BORME-C-2008-23040

EDICOMOLL, S. L. (Sociedad escindida parcialmente) EDICO, BUSINESS AND BUILDINGS, S. L. (Sociedad beneficiaria)

Publicado en:
«BORME» núm. 23, páginas 3347 a 3348 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-23040

TEXTO

Anuncio de escisión parcial

De conformidad con lo establecido en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas en relación con el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que las respectivas Juntas generales extraordinarias y universales de socios de «Edicomoll, sociedad limitada», y de «Edico, business and buildings, sociedad limitada», celebradas el 23 de enero de 2008, adoptaron por unanimidad el acuerdo de escisión parcial, separando los activos y pasivos afectos a la rama de actividad de promoción inmobiliaria, de la totalidad del patrimonio de la entidad «Edicomoll, sociedad limitada», sin extinción de esta, para aportarlos en bloque a «Edico, business and buildings, sociedad limitada», sociedad ya existente y beneficiaria de la escisión proyectada, todo ello según los términos del proyecto de escisión depositado en el Registro Mercantil de Málaga y a los balances de escisión de ambas sociedades. Asimismo, se hace público que los socios de «Edicomoll, sociedad limitada», como consecuencia de la escisión parcial antes citada, han acordado con fecha 23 de Enero de 2008 reducir sus fondos propios en 116.646,65 €, reduciendo las reservas voluntarias de la entidad, sin reducción de su capital social. A los efectos de lo dispuesto en los artículos 242 y 243 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que los socios y acreedores de «Edicomoll, sociedad limitada» y de «Edico, business and buildings, sociedad limitada» tienen derecho de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de escisión parcial.

Asimismo, los acreedores de «Edicomoll, sociedad limitada», y de la sociedad beneficiaria de la escisión podrán oponerse al acuerdo de escisión, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión parcial, en los términos previstos en el artículo 166 de la citada Ley.

Mollina, 24 de enero de 2008.-El Administrador único de Edicomoll, S. L., y de Edico, business and buildings, S. L., José Luis Torres Coca.-3.852.

y 3.ª 4-2-2008

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