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Documento BORME-C-2008-237068

KERN-LIEBERS TMG, S. A. U. (Sociedad absorbente) TMG, S. A. U. (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 237, páginas 40963 a 40963 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-237068

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace público el acuerdo de fusión adoptado por decisión de ambos socios únicos en las respectivas Juntas Generales, celebradas en fecha 6 de noviembre de 2008, en las que se aprobó la fusión de las dos Sociedades mediante la absorción por Kern-Liebers TMG, S.A.U. (antes Kern Liebers Resortes, S.A.U.) de TMG, S.A.U., adquiriendo aquélla, por sucesión universal, el patrimonio de la absorbida que se disuelve y extingue sin liquidación. La fusión se acordó ajustándose al Proyecto de Fusión cuyo depósito en el Registro Mercantil de Barcelona se declaró constituido en fecha 16 de octubre de 2008; en las propias Juntas se aprobó el Proyecto de Fusión y los respectivos balances de fusión cerrados al 30 de junio de 2008; acordándose también el cambio de denominación social de la Sociedad Absorbente, de manera que en adelante su denominación social sea Kern-Liebers TMG, S.A.U. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 250.2 de la Ley de Sociedades Anónimas no procede aumentar el capital de la sociedad absorbente por ser ésta titular de la totalidad del capital social de la sociedad absorbida. Las operaciones de la Sociedad absorbida que se extingue se entenderán efectuadas por la absorbente a efectos contables a partir del 1 de julio de 2008. La fusión no otorga ventajas de ninguna clase a experto independiente alguno ni a los Administradores de las Sociedades participantes en la fusión. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas se hace constar expresamente:

a) El derecho que asiste a los accionistas y acreedores de las Sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de fusión de ambas Sociedades.

b) El derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades que se fusionan, durante el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de la publicación del último anuncio en los términos previstos en el artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Barcelona, 4 de diciembre de 2008.-Don Jorge Mañá Argüelles, Secretario de los Consejos de Administración de Kern-Liebers TMG, S.A.U. y de TMG, S.A.U.-70.949.

1.ª 11-12-2008

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