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Documento BORME-C-2008-250060

HIDROELÉCTRICA RÍO LENA, S. A.

Publicado en:
«BORME» núm. 250, páginas 43122 a 43122 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-250060

TEXTO

Ampliación de capital con derecho de suscripción preferente

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 158 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que en la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 2 de diciembre de 2008, la sociedad Hidroeléctrica Río Lena, S.A. aprobó el acuerdo de aumentar el capital social de la compañía en la suma de 200.000,00 €, mediante la emisión y puesta en circulación de 200.000 acciones, pertenecientes a una nueva serie de acciones nominativas denominadas «Serie B» con el carácter de privilegiadas, siendo el valor nominal de cada acción 1,00 € y prima de emisión 7,00 €; y numeradas del 1 al 200.000 ambos inclusive. El plazo de suscripción termina el día 30 de abril de 2009. Los accionistas que deseen acudir a la ampliación de capital, lo comunicarán por escrito al Consejo de Administración de la Sociedad dentro del mes siguiente a contar desde la publicación en el BORME del acuerdo de ampliación del capital social. La suscripción se realizará mediante la entrega del Boletín de suscripción, a disposición de los socios en el domicilio social, debidamente cumplimentado y la aportación de justificante bancario de haber efectuado, a favor de la sociedad, el desembolso del importe íntegro del valor nominal de las acciones suscritas y el pago de la correspondiente prima. Si algún accionista renunciase a ejercitar su derecho de suscripción preferente, o no lo ejercitase en plazo, las acciones que le hubieran correspondido serán distribuidas a prorrata o repartidas, entre los que acudan a la suscripción y manifiesten su deseo de suscribirlas. Si el aumento de capital no se suscribe íntegramente dentro del plazo fijado para la suscripción, el Capital se aumentará en la cuantía de las suscripciones efectuadas. Facultando al Consejo de Administración para desarrollar, ejecutar y fijar las condiciones de la ampliación de capital en todo lo no previsto en el acuerdo de la Junta General. Asimismo, queda facultado el Consejo de Administración para dar nueva redacción al artículo 5° de los Estatutos Sociales, una vez acordado y ejecutado el aumento.

Oviedo, 23 de diciembre de 2008.-El Secretario del Consejo de Administración, Juan Dalmacio Álvarez González.-74.176.

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