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Documento BORME-C-2008-42011

BOPREU, S. L. (Sociedad absorbente) AMALFITANA, S. L. Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida)

Publicado en:
«BORME» núm. 42, páginas 6748 a 6748 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Referencia:
BORME-C-2008-42011

TEXTO

Conforme los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se comunica que las respectivas Juntas Generales Extraordinarias de Socios, celebradas con carácter universal el día 22 de febrero de 2008, han aprobado, por unanimidad, la fusión por absorción de «Amalfitana, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal)», por parte de «Bopreu, Sociedad Limitada», con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso a la sociedad absorbente de todos sus bienes, derechos y obligaciones; todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión, igualmente aprobado, suscrito por los Administradores y depositado en el Registro Mercantil de Madrid, según el cual las operaciones de las sociedades absorbidas se entenderán efectuadas por la absorbente, a efectos contables, a partir del 1 de enero de 2008, y al ser ésta titular de la totalidad de las participaciones sociales de las sociedades absorbidas, no hay modificación estatutaria, ni aumento de capital, ni se establece tipo ni procedimiento de canje de participaciones sociales, ni se otorgarán derechos especiales a los socios ni ventajas a los Administradores. Igualmente se aprobaron los Balances de fusión, cerrados al día 31 de diciembre de 2007. Asimismo, se ha adoptado el acuerdo de acogimiento de la fusión por absorción de «Amalfitana, Sociedad Limitada (Sociedad Unipersonal)», por parte de «Bopreu, Sociedad Limitada», al régimen tributario especial de las Fusiones, Escisiones, Aportaciones y Canje de Activos, regulado en el Capítulo VIII, del Título VII, del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, notificándose, cuando proceda, el acuerdo de acogimiento a dicho régimen tributario especial, a las autoridades competentes.

Se hace constar expresamente, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las indicadas Sociedades, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, así como el derecho de oposición de los acreedores, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de fusión.

Madrid, 22 de febrero de 2008.-El Administrador Solidario de la sociedad absorbente, Administrador Único de la sociedad absorbida, don Francisco de Borja Prado Eulate.-9.749. y 3.ª 29-2-2008

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