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Documento BORME-C-2009-1129

CONSTRUCTORA CALPENSE, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 18, páginas 1189 a 1191 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2009-1129

TEXTO

Emisión de obligaciones convertibles.

La Junta General Extraordinaria de accionistas de Constructora Calpense, Sociedad Anónima, con domicilio social y fiscal en Madrid, calle Gran Vía, 29, y provista de código de identificación fiscal número A28014587, celebrada con fecha 27 de noviembre de 2008 ha adoptado un acuerdo de emisión de obligaciones convertibles en acciones de la Sociedad.

El informe del Consejo de Administración sobre la emisión de obligaciones convertibles y el Informe Especial del auditor en el supuesto establecido en el artículo 292 del texto refundido de la ley de Sociedades Anónimas se encuentran disponibles en el domicilio social de la Sociedad.

Características principales de la emisión:

Emisor: Constructora Calpense Sociedad Anónima, con domicilio social en Madrid, calle Gran Vía, 29, y código de identificación fiscal A-28014587; cuenta con un capital social de 171.117,16 euros, íntegramente suscrito y desembolsado, dividido en 56.943 acciones representadas por títulos físicos al portador, emitidas y puestas en circulación, de 3,005060 euros de valor nominal cada una ellas, todas de la misma clase y serie y de iguales derechos. El importe total de las reservas, según el último Balance aprobado es de 2.503.586,82 euros.

El objeto Social de la Sociedad es la explotación en arrendamiento de fincas urbanas de su propiedad así como la adquisición o venta de inmuebles para dicho fin. Las actividades enumeradas podrán también ser desarrolladas por la Sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la participación en otras Sociedades con objeto análogo.

Importe nominal de la emisión: 2.448.549,00 euros, mediante la emisión de 6.327 obligaciones convertibles en acciones ordinarias del Emisor, de 387 euros de valor nominal cada una de ellas y representadas mediante títulos físicos. Se prevé la posibilidad de suscripción incompleta.

Las obligaciones constituirán una única clase y serie, atribuyendo idénticos derechos políticos y económicos a sus titulares. Las obligaciones serán nominativas y no cotizables.

Denominación de la emisión: “Constructora Calpense Sociedad Anónima, Emisión de Obligaciones Convertibles 2009”.

Los accionistas tendrán derecho de suscripción preferente. El derecho de suscripción preferente será de una obligación por cada nueve acciones antiguas.

El periodo de suscripción será de un mes a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de publicación en el BORME del anuncio de emisión de obligaciones convertibles. En los cinco días hábiles siguientes a la finalización del periodo de suscripción preferente se podrá declarar incompleta, o adjudicar las obligaciones no suscritas en proporción a los derechos que tuvieren aquellos accionistas que soliciten la suscripción por encima de su derecho preferente.

Tipo de emisión: Las obligaciones serán emitidas a la par, es decir, al cien por ciento de su valor nominal.

Tipo de interés: El tipo de interés será del cuatro y medio por ciento. Las obligaciones devengarán cupón anualmente desde la fecha de cierre de la emisión de las mismas hasta la fecha de su amortización, o, en su caso, de conversión en acciones de la Sociedad.

Bases de la conversión: Las obligaciones emitidas serán voluntariamente convertibles a opción del titular o tenedor de las mismas en acciones ordinarias de Constructora Calpense Sociedad Anónima en los siguientes plazos y condiciones:

Periodo de conversión: El periodo de conversión abarcará los treinta días naturales anteriores a la fecha de vencimiento o amortización de las obligaciones convertibles.

Procedimiento de conversión: Los titulares de obligaciones que deseen ejercer su derecho de conversión deberán dirigirse por escrito al Consejo de Administración de Constructora Calpense Sociedad Anónima y solicitar con carácter irrevocable dicha conversión. El Consejo de Administración, en el plazo de un mes a contar desde la finalización del periodo de conversión procederá a ejecutar el acuerdo de aumento de capital, mediante la emisión de aquellas acciones que fueran necesarias para atender a la conversión de las obligaciones.

Precio de la conversión: A los efectos de la conversión, el valor de las obligaciones será el de su valor nominal, es decir, 387 euros. Por su parte las acciones de la compañía se valorarán a 387 euros, valor teórico estimado de la acción en el momento de la conversión.

Relación de conversión: La relación de conversión será de 1 acción por cada obligación.

Amortización ordinaria: la amortización ordinaria coincidirá con el quinto aniversario de la fecha de cierre de la emisión, mediante el reembolso del 100 % de su valor nominal.

Amortización anticipada por parte de los obligacionistas: Los obligacionistas tendrán derecho a optar por la amortización anticipada en los casos de impago, insolvencia, cese de negocio o actividad , ejecución o embargo o incumplimiento grave y reiterado por parte del emisor de sus obligaciones fiscales y para con la seguridad social, según los términos expresados en el Informe del Consejo sobre la emisión de obligaciones convertibles.

Garantía de la emisión: Se hace constar que las obligaciones constituyen deudas directas, incondicionales, ordinarias y no aseguradas especialmente de Constructora Calpense S.A., quedando garantizada la emisión con la responsabilidad patrimonial del emisor, con arreglo a Derecho.

A las obligaciones objeto de la presente emisión les será de aplicación el régimen de prelación establecido en la vigente Ley Concursal y en lo no previsto en la misma el artículo 288 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Sindicato de obligacionistas: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 283 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y concordantes del Reglamento del Registro Mercantil, se acuerda la constitución de un Sindicato de tenedores de los valores, nombrándose como Comisario Provisional a D. Emilio García de Fernando Ferrer. Hasta que se celebre la primera asamblea del Sindicato.

El Reglamento de funcionamiento del Sindicato de Obligacionistas se encuentra disponible en las oficinas de la Sociedad.

La presente emisión está sometida a la legislación española y, en concreto, a las disposiciones incluidas en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en la Ley 24/1988, de 28 de Julio, del Mercado de Valores y demás legislación complementaria que resulte de aplicación.

Cualquier controversia respecto a la validez, eficacia, interpretación y ejecución de la presente emisión será sometida, con renuncia a cualquier otro fuero que pudiera corresponder, a la jurisdicción de los Tribunales de Madrid.

Madrid, 16 de enero de 2009.- El Secretario del Consejo de Administración, Emilio García de Fernando Ferrer.

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