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De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público lo siguiente:
A. Que el socio y accionista único, respectivamente, de Oryeco DI, Sociedad Limitada, y Salones de Torres, Sociedad Anónima, en sesiones celebradas el 22 de abril de 2009, aprobó la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción por parte de Oryeco DI, Sociedad Limitada, a Salones de Torres, Sociedad Anónima, adquiriendo la primera, por sucesión universal, el patrimonio de la absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social, en los términos del proyecto de fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
B. Que los socios y acreedores de las sociedades intervinientes tienen el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.
C. Que, según lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos del artículo 166 de la citada Ley durante el plazo de un mes contando desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.
Madrid, 23 de abril de 2009.- El Administrador único de Oryeco DI, Sociedad Limitada, y Salones de Torres, Sociedad Anónima, Pedro de Torres Peláez.
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