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Documento BORME-C-2009-13029

LAZORA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 89, páginas 13851 a 13852 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2009-13029

TEXTO

Por acuerdo del Consejo de Administración de la sociedad Lazora, Sociedad Anónima, con domicilio social en calle Serrano, 30, Madrid 28001, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 19.308, Folio 129, Hoja número M-338.323 y con C.I.F. número A-83.787.382 (la Sociedad), en reunión celebrada el 25 de marzo de 2009, se convoca a los señores accionistas a la Junta General Ordinaria que tendrá lugar en las oficinas de Freshfields Bruckhaus Deringer, en la calle Fortuny, número 6, Madrid, a las 12:30 horas del día 18 de junio de 2009, en primera convocatoria, y a la misma hora del día siguiente en segunda convocatoria, para deliberar y decidir sobre los puntos del siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales y del Informe de Gestión de la Sociedad correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2008.

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2008.

Tercero.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales y del Informe de Gestión del Grupo Consolidado que integran la Sociedad y sus sociedades dependientes, correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2008.

Cuarto.- Examen y aprobación, en su caso, de la gestión del Órgano de Administración durante el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2008.

Quinto.- Aceptación de dimisión y nombramiento de Consejeros.

Sexto.- Nombramiento de Auditores de Cuentas.

Séptimo.- Otros asuntos. Ruegos y preguntas.

Octavo.- Delegación de facultades para la formalización de acuerdos.

Noveno.- Lectura y aprobación, en su caso, del Acta de la reunión.

I. Derecho de asistencia De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de los Estatutos Sociales y en el artículo 104 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, podrán asistir a la Junta General todos los accionistas de la Sociedad que tengan inscrita su titularidad en el Libro Registro de Acciones Nominativas de la Sociedad con un día de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta General. II. Constitución de la Junta De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de los Estatutos Sociales y en el artículo 102 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, la Junta General quedará válidamente constituida en primera convocatoria cuando los accionistas presentes o representados posean, al menos, el 25% del capital suscrito con derecho de voto. En segunda convocatoria, será válida la constitución de la Junta General cualquiera que sea el capital concurrente a la misma. III. Derecho de información De acuerdo con lo establecido en el artículo 112 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta General, los accionistas podrán solicitar del Consejo de Administración las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular por escrito las preguntas que estimen pertinentes, acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del Día. Asimismo, los accionistas podrán solicitar verbalmente durante la celebración de la Junta General las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes en relación con dichos asuntos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, a partir de la convocatoria de la Junta General, los accionistas podrán obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la misma, así como el Informe de Gestión y el Informe de los Auditores de Cuentas. IV. Representación De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de los Estatutos Sociales y en el artículo 106 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, los accionistas que tengan derecho de asistir podrán hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista. La representación deberá conferirse por escrito o mediante correspondencia postal, electrónica o cualquier otro medio de comunicación a distancia, siempre que se garantice debidamente la identidad del sujeto que ejerce su derecho de voto, y con carácter especial para cada Junta General. La representación es siempre revocable. La asistencia personal a la Junta General del representado tendrá valor de revocación.

Madrid, 6 de mayo de 2009.- Don Miguel Klingenberg Calvo Secretario no Consejero del Consejo de Administración.

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