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De conformidad y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público lo siguiente:
A. Que los respectivos socios únicos de CGI Information Systems and Management Consultants España, Sociedad Anónima Unipersonal, y Nacar Tecnologías de la Información, Sociedad Limitada Unipersonal, en Juntas Generales celebradas el día 30 de marzo de 2009, aprobaron la fusión de dichas Sociedades mediante la absorción por parte de CGI Information Systems and Management Consultants España, Sociedad Anónima Unipersonal, a Nacar Tecnologias de la Información, Sociedad Limitada Unipersonal, adquiriendo la primera, por sucesión universal, el patrimonio de la absorbida, que quedará extinguida y disuelta sin liquidación, con traspaso a la sociedad absorbente de todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen su patrimonio social, en los términos del Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Madrid.
B. Que los socios y acreedores de las sociedades intervinientes tienen el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Fusión.
C. Que, según lo dispuesto en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, los acreedores de las sociedades intervinientes tienen derecho a oponerse a la fusión en los términos del artículo 166 de la citada Ley durante el plazo de un mes contando desde la fecha del último anuncio del acuerdo de fusión.
Madrid, 30 de abril de 2009.- El Presidente del Consejo de Administración, D. Joseph Saliba.
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