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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que con fecha 31 de marzo de 2009, la Junta general de socios de "Gepro XXI, Sociedad Limitada" (sociedad absorbente) y el socio único de "Altos de Jumilla, Sociedad Anónima Unipersonal" (Sociedad absorbida), acordaron, de conformidad con el proyecto de fusión presentado en el Registro Mercantil de Barcelona, la fusión simplificada de dichas sociedades mediante la absorción de "Altos de Jumilla, Sociedad Anónima Unipersonal" por "Gepro XXI, Sociedad Limitada", con la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y con atribución a la sociedad absorbente del patrimonio íntegro de la sociedad absorbida a título universal.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores y socios de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Del mismo modo, se hace constar el derecho de los acreedores que se encuentren en el supuesto del artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas, de oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del tercer y último anuncio del acuerdo de fusión.
Sant Cugat del Vallès (Barcelona), 13 de mayo de 2009.- El Consejero Delegado de "Gepro XXI, S.L." y representante designado por "Gerpro XXI, S.L.", Administrador único de "Altos de Jumilla, S.A.U.", Santiago Vila Regard.
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