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Documento BORME-C-2009-19890

SPRYBSA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 108, páginas 21361 a 21361 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2009-19890

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 158 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas, y para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, se pone en conocimiento de los señores accionistas que la Junta General Ordinaria de fecha 23 de abril de 2009 se acordó aumentar el capital social mediante aportaciones dineraria, cuyos términos se detallan a continuación:

1.- Acciones a emitir: se acordó la ampliación de capital de la empresa en cuantía de 498.840,05 euros, mediante la emisión de 83.000 acciones al portador de la misma clase y serie, por importe de 6,010121 euroS cada una, numeradas de la 10.001 a la 93.000. El importe total de la emisión será de 498.840,05 euros o el que resulte en el supuesto de suscripción incompleta. Las nuevas acciones se emiten por su valor nominal sin prima de emisión.

2.- Desembolso: El contravalor de las nuevas se hará mediante aportación dineraria. Las nuevas acciones deberán ser desembolsadas en un 100 por ciento.

3.- Suscripción preferente: Los actuales accionistas son titulares del derecho de suscripción preferente que la Ley les reconoce, y podrán ejercitarlo en el plazo de un mes desde la publicación del anuncio de esta oferta en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, en proporción a las acciones que poseen. A cada acción antigua de la sociedad le corresponderán 8,3 acciones.

4.- Resto de suscripción: Finalizado el plazo de un mes reservado para la suscripción preferente, la ampliación se llevará a efecto únicamente en la cuantía de las suscripciones efectuadas conforme a lo previsto en el artículo 161 de la Ley de Sociedades Anónimas sin que proceda una segunda vuelta.

5.- Lugar de suscripción: En el domicilio social, sito en Vilafranca del Penedès, Calle Font de les Graus número 12. Los accionistas que deseen ejercitar el derecho de suscripción preferente deberán exhibir sus títulos e indicarlo por escrito y con carácter irrevocable al órgano de administración de la sociedad mediante la suscripción del documento preparado al efecto y en el que constara la voluntad de suscribir acciones de nueva emisión; el numeró de acciones que desea suscribir. Los accionistas que acudan a la ampliación deberán desembolsar el importe de las acciones solicitadas en la cuenta de la sociedad en el mismo momento de que formulen la orden de suscripción.

6.- Los derechos de suscripción no ejercitados quedaran automáticamente extinguidos a la finalización del plazo concedido.

VILAFRANCA DEL PENEDES, 27 de mayo de 2009.- ADMINISTRADOR.

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