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Documento BORME-C-2009-20324

ADHESIVAS IBI, S.L.
(SOCIEDAD QUE SE ESCINDE)
ADHIBI NOVA, S.L.
Y ADHESIVAS IBI, S.L.
(DE NUEVA CREACIÓN)
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 111, páginas 21810 a 21810 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-20324

TEXTO

Se hace público que la Junta General Extraordinaria de carácter Universal de esta sociedad que se escinde, celebrada el 26 de mayo de 2009, aprobó por unanimidad la escisión total del patrimonio social de "ADHESIVAS IBI, S.L." compuesto por el total de la rama de actividad consistente en a).- la explotación de un negocio dedicado, por cuenta propia o ajena, a la impresión de símbolos o imágenes, por cualquier sistema o procedimiento, conocido o que se descubra, tales como tipografía, offset, huecograbado, serigrafía, flexografía, litografía, calcografía, y estampaciones en relieve, actividad económica diferenciada, y que se traspasará en bloque, a título universal, a la sociedad beneficiaria ADHESIVAS IBI, S.L. (sociedad de nueva creación)

Sin embargo, esta actividad, todo y ser la principal, no es la única de la sociedad, sino que la sociedad dispone de un patrimonio inmobiliario, y realiza, en ocasiones, el arrendamiento y explotación del mismo, conforme al Artículo 3 de los Estatutos sociales en el que se describe el objeto social en su apartado b).- la adquisición, promoción, parcelación, urbanización, construcción y explotación en venta, arrendamiento o cualquier otra forma, de toda clase de inmuebles rústicos o urbanos.

Dicho patrimonio inmobiliario se traspasará a su vez íntegramente a la sociedad beneficiaria ADHIBI NOVA, S.L. (sociedad de nueva creación).

Todo ello de acuerdo al proyecto de escisión suscrito por el Administrador Único de las sociedades intervinientes, y depositado en el Registro Mercantil de Alicante, en fecha ocho de junio de 2009. A tal efecto se informa que en la escisión total se ha tomado como Balance de escisión el cerrado a 31 de diciembre de 2008. Se hace constar del derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de oposición de los mismos en los términos del artículo 166 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Ibi, 8 de junio de 2009.- Administrador único, José Luis Iváñez Juan.

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