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A los efectos de lo dispuesto por el artículo 242 de la LSA, se hace público que las Juntas Generales de las sociedades Gesmar Proicasa, S.A. Unipersonal, y Gesmar Alcalá, S.A. Unipersonal, con fecha 23 de junio de 2009, han aprobado la fusión de las dos sociedades, mediante la absorción de Gesmar Alcalá, S.A.U, por parte de Gesmar Proicasa, S.A.U, con la consiguiente disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y atribución de su patrimonio íntegro, a título universal, a la sociedad absorbente. La fusión se ha acordado conforme al proyecto de fusión, sin ampliación de capital de la sociedad absorbente, por ser fusión simplificada al estar participadas íntegramente ambas sociedades por una tercera persona, siendo de aplicación el artículo 250 de la LSA.
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances, así como el derecho de los acreedores de oponerse a la misma, en los términos establecidos en el artículo 243 y 166 de la LSA en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.
Zaragoza, 24 de junio de 2009.- Administrador Unico, Juan Pablo Santos Santiago.
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