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Documento BORME-C-2009-22760

SERVICIOS SECURITAS, SOCIEDAD ANÓNIMA
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SECURITAS AIRPORT SERVICES, SOCIEDAD LIMITADA
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 125, páginas 24356 a 24356 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-22760

TEXTO

Anuncio de escisión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el accionista único de la sociedad "Servicios Securitas, Sociedad Anónima» (Sociedad Unipersonal) y el socio único de la sociedad «Securitas Airport Services, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal) con fecha 30 de junio de 2009, decidieron la escisión parcial de la Sociedad «Servicios Securitas, Sociedad Anónima» (Sociedad Unipersonal) (Sociedad Escindida), segregando una parte de su patrimonio en beneficio de la Sociedad «Securitas Airport Services, Sociedad Limitada» (Sociedad Unipersonal) (Sociedad Beneficiaria).

La Escisión se acordó con respeto al Proyecto de Escisión que quedó depositado en el Registro Mercantil de Madrid, el día 29 de junio de 2009, señalándose el día de otorgamiento de la correspondiente escritura pública de escisión como fecha a partir de la cual las operaciones de la unidad económica objeto de la aportación se habrán de considerar realizadas a efectos contables por la sociedad beneficiaria, y como fecha a partir de la cual el accionista único de la sociedad escindida habrá de participar en las ganancias sociales de la Sociedad beneficiaria.

Asímismo el accionista único de la Sociedad «Servicios Securitas, Sociedad Anónima» (Sociedad Unipersonal), como consecuencia de la escisión, decidió la reducción del capital social en la cifra de 3.480 euros, mediante la amortización de 58 acciones al portador de 60 euros, de valor nominal cada una, números 1.661 al 1.718, para dejarlo establecido en la cifra de 103.080 euros.

Se hace constar expresamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas el derecho que asiste al accionista, socio y acreedores de las sociedades participantes en la escisión, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los balances de escisión. Asimismo y en cumplimiento del artículo 243.2 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que participan en la escisión a oponerse al presente acuerdo en los términos establecidos en el artículo 166 de la mencionada Ley.

Madrid, 1 de julio de 2009.- El Secretario del Consejo de Administración de «Servicios Securitas, Sociedad Anónima» (sociedad unipersonal) don Manuel Morales Otal, y el Administrador Único de «Securitas Airport Services, Sociedad Limitada» (sociedad unipersonal) don Eduardo González García.

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