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Documento BORME-C-2009-23323

EVOL 5 PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES, S.L.
EN LIQUIDACIÓN

Publicado en:
«BORME» núm. 129, páginas 24945 a 24946 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2009-23323

TEXTO

Convocatoria de Junta General Ordinaria de partícipes de la compañía mercantil Evol 5 Promociones y Construcciones, S.L. en liquidación.

Los liquidadores de EVOL 5 PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES, S.L. EN LIQUIDACIÓN, Don Blas Lozano Rodríguez y Don Fernando Vegas Vázquez, han acordado convocar Junta General Ordinaria de Partícipes, que habrá de celebrarse en 28036 – Madrid, C/ Padre Damián, n.º 33, 3.º, en única convocatoria, el día 27 de julio de 2009, a las 10:00 horas, para deliberar y resolver sobre el siguiente

Orden del día

Primero.- Aprobación de las cuentas anuales del ejercicio 2008, y en concreto, de balance de situación abreviado, de cuenta de pérdidas y ganancias abreviada y de memoria.

Segundo.- Informe y rendición de cuentas de las actividades de liquidación y aprobación de la gestión de los liquidadores.

Tercero.- Aprobación de operación de cesión global de activos y pasivos sociales a la Mercantil TABIQUES LOZANO, S.L., de conformidad con la habilitación dispuesta en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, asumiendo ésta, con renuncia a rembolso adicional, la totalidad de deudas de EVOL 5 PROMOCIONES Y CONSTRUCCIONES, S.L. EN LIQUIDACIÓN que no sufragan sus activos.

Cuarto.- Ruegos y preguntas.

Quinto.- Redacción, lectura y aprobación del acta de la junta.

DERECHO DE INFORMACIÓN En virtud del artículo 51 de la Ley 2/1995 de Sociedades Limitadas, los socios podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la Junta General o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Derecho de Asistencia En virtud del artículo 49 de la Ley 2/1995 de Sociedades Limitadas, todos los partícipes tienen derecho a asistir a la Junta. Derecho de representación y voto El partícipe que decida no acudir a la Junta General podrá hacerse representar por medio de otro partícipe, su cónyuge, ascendientes, descendientes, o persona que ostente poder general conferido en documento público con facultades par administrar todo el patrimonio que el representado tuviere en territorio nacional. La representación comprenderá la totalidad de las participaciones de que sea titular el socio representado, y deberá conferirse por escrito. Asistencia del Notario Se pone en conocimiento de los partícipes que los mismos pueden requerir la presencia de un Notario para que asista a esta Junta y que levante la correspondiente acta notarial de la misma, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 55 de la Ley 2/1995, de Sociedades Limitadas.

En Madrid, 1 de julio de 2009.- Liquidadores Don Blas Lozano Rodríguez, Don Fernando Vegas Vázquez.

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