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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas y el artículo 94 de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, se hace público que la Junta general de socios de "Grupo Planeta-De Agostini, S.L.", el accionista único de la sociedad "Servicios Planeta-De Agostini, S.A.U.", el socio único de "Planeta-De Agostini, Profesional y Formación, S.L.U.", y el socio único de "Nurtas Land, S.L.U.", acordaron el día 30 de junio de 2009 aprobar la fusión de dichas sociedades, mediante la absorción de "Servicios Planeta-De Agostini, S.A.U.", de "Planeta-De Agostini, Profesional y Formación, S.L.U.", y de "Nurtas Land, S.L.U.", por parte de "Grupo Planeta-De Agostini, S.L.", con la disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y la atribución a la sociedad absorbente de sus patrimonios íntegros a título universal.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los Balances de fusión. Del mismo modo se deja pública constancia del derecho de los acreedores a oponerse al acuerdo de fusión dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de fusión.
Barcelona, 30 de junio de 2009.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de "Grupo Planeta-De Agostini, S.L.", de "Planeta-De Agostini, Profesional y Formación, S.L.U.", y de "Nurtas Land, S.L.U.".-El Administrador único de "Servicios Planeta-De Agostini, S.A.U.".
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