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Documento BORME-C-2009-24106

SOSMART INVERSIONES SICAV, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 133, páginas 25768 a 25768 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2009-24106

TEXTO

Anuncio sustitución de objeto social.

Se hace constar que en la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de la Sociedad celebrada en segunda convocatoria, el día 30 de junio de 2009, en su domicilio social, se acordó por unanimidad entre otros puntos, la sustitución de su objeto social y la consiguiente modificación del artículo 2.º de sus Estatutos Sociales, quedando redactado como se indica a continuación:

1. La Sociedad tiene por objeto la adquisición e inversión de activos financieros, obligaciones, acciones, participaciones de otras compañías, así como la compra, venta, arrendamiento y gravamen, en cualquiera de sus formas por cuenta propia, de valores, a excepción del arrendamiento financiero y de las actividades reservadas a las entidades de inversión colectiva, sociedades y agencias de valores.

El objeto social incluye la prestación de servicios a sus filiales de carácter administrativo, informático, laboral, contable, de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, así como todos aquellos que puedan suponer un apoyo a la gestión de dichas entidades.

2. Quedan excluidas del objeto social aquellas actividades para cuyo ejercicio la Ley exija requisitos especiales que no queden cumplidos por esta Sociedad.

Si las disposiciones legales exigiesen para el ejercicio de algunas de las actividades comprendidas en el objeto social algún título profesional, autorización administrativa, o inscripción en Registros públicos, dichas actividades deberán realizarse por medio de persona que ostente dicha titularidad profesional y, en su caso, no podrán iniciarse antes de que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos.

3. Las actividades integrantes del objeto social podrán ser desarrolladas por la Sociedad ya sea directa o indirectamente mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades con objeto idéntico o análogo.

Se hace constar el derecho de separación que asiste a los accionistas en los términos establecidos en el artículo 147 de la Ley de Sociedades Anónimas y demás disposiciones legales aplicables.

Valencia, 1 de julio de 2009.- Rosa Isabel Peiró Sos, Secretario del Consejo de Administración.

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