Las Juntas generales de socios de las entidades "Cabral y Ramos, Sociedad Limitada" y "Construcciones Marpequeña, Sociedad Limitada", celebradas el día 3 de julio de 2009, acordaron por unanimidad la fusión por absorción de las mencionadas sociedades y como resultas de la misma, la primera absorberá a la segunda con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, mediante la integración de la totalidad del patrimonio de "Construcciones Marpequeña, Sociedad Limitada" a "Cabral y Ramos, Sociedad Limitada", la cual se subroga en todos los derechos y obligaciones inherentes al patrimonio traspasado.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 242.º y 243.º de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a estos últimos que deberán ser ejercitados, en su caso, con arreglo a lo previsto en el artículo 166.º de dicha Ley, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de acuerdo de fusión.
Telde (Gran Canaria), 7 de julio de 2009.- El Administrador de ambas sociedades, don Cándido Rodríguez Cabral.
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