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Se declara la insolvencia provisional de las empresas
Fontaelec Tenerife, S.L. e Inversiones Eloycan, S.L. con CIF números B-38.530.630 y B-38.836.201, a los fines de la presente ejecución y con los efectos prevenidos en el artículo 274.3 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Incorpórese este Auto al Legajo correspondiente, dejándose en autos certificación.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial en legal forma, haciéndose saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, sin perjuicio del cual se llevará a efecto lo acordado.
Así se acuerda, manda y firma por D. Antonio Jesús Rodríguez Castilla, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Nº 6 de Santa Cruz de Tenerife. Doy fe.
Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, al que se remitirá edicto comprensivo de su parte dispositiva y tómese nota en los registros informáticos de la aplicación.
Expídase al ejecutante testimonio de la los particulares necesarios, según lo previsto en el Real Decreto 505/1985 de 6 de marzo, a fin de que pueda presentar la oportuna reclamación ante el Fondo de Garantía Salarial. Y verificado, archívense las actuaciones tomándose nota en los Libros Registro.
Santa Cruz de Tenerife, 21 de julio de 2009.- La Secretaria Judicial.
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