Contenu non disponible en français
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que, en fecha 21 de julio de 2009, los Socios y el Accionista único, respectivamente, de SERVIMATIC RECREATIVOS, S.L. (Sociedad absorbente) y ARSOMAR, S.A., Sociedad unipersonal (Sociedad absorbida), han aprobado la fusión de las referidas sociedades, de acuerdo con los términos establecidos en el Proyecto de Fusión suscrito en fecha 25 de mayo de 2009 por los respectivos Órganos de Administración de las sociedades participantes en la fusión y debidamente depositado en el Registro Mercantil de Barcelona en fecha 2 de julio de 2009. La mencionada fusión se operará mediante la absorción de ARSOMAR, S.A., Sociedad unipersonal, por SERVIMATIC RECREATIVOS, S.L., con transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a la Sociedad absorbente y con disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida.
Por motivo de la fusión proyectada, y en uso de la facultad que atribuye el artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil, se ha acordado que la Sociedad absorbente, SERVIMATIC RECREATIVOS, S.L., suceda en la denominación a la Sociedad absorbida, pasando a denominarse ARSOMAR, S.L.
A los efectos de lo establecido en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público el derecho de los socios, accionistas y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones consignadas, así como los respectivos Balances de fusión. Se informa igualmente a los señores acreedores de su derecho a oponerse a la fusión en el plazo y términos previstos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Barcelona, 22 de julio de 2009.- Mª Carmen Martin Lopez, Administrador Solidario de ARSOMAR, S.A.; Sociedad unipersonal y Jose Luis Figueredo Aranda, Secretario del Consejo de Administración de SERVIMATIC RECREATIVOS, S.L.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid