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Documento BORME-C-2009-26729

SANIPLAST, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
Y GRUPO DISAPLAST, S.L.
(SOCIEDAD UNIPERSONAL)
Y TUBOS LARRONDO, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 154, páginas 28531 a 28531 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-26729

TEXTO

Anuncio de fusión.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 242 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que el Socio Unico de Saniplast, S.L. (Sociedad Unipersonal), el Socio Unico de Grupo Disaplast, S.L. (Sociedad Unipersonal) y los socios de Tubos Larrondo, S.L. con fecha 30 de junio de 2009 acordaron aprobar la fusión por absorción de las sociedades Grupo Disaplast, S.L. (Sociedad Unipersonal) y Tubos Larrondo, S.L., por Saniplast, S.L. (Sociedad Unipersonal) adquiriendo ésta por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones que constituyen el patrimonio de las absorbidas, que quedarán disueltas y extinguidas sin liquidación. La fusión se acordó con arreglo al proyecto de fusión formulado por los administradores de Saniplast, S.L.U., Grupo Disaplast, S.L.U Y Tubos Larrondo, S.L. el día 14 de mayo de 2009, depositados en el Registro Mercantil de Asturias con fecha 9 de junio de 2009, el Registro Mercantil de Vizcaya con fecha 10 de junio de 2009 y el Registro Mercantil de Murcia con fecha 12 de junio de 2009, y según los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2008, aprobados por sus respectivos Socios.

Al ser la sociedad absorbente Saniplast, S.L.U. titular de forma directa e indirecta de la totalidad de las participaciones de las sociedades absorbidas: Grupo Disaplast, S.L.U. y Tubos Larrondo, S.L., no se realiza como consecuencia de la fusión ampliación de capital alguna, ni emisión de participaciones ni modificación de los Estatutos Sociales. No se otorga ninguna ventaja a expertos independientes, administradores o socios. Las operaciones de la sociedad absorbida se entenderán efectuadas a efectos contables por la sociedad absorbente a partir del 1 de enero de 2009.

Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las mencionadas sociedades, a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los Balances de Fusión, así como a solicitar su entrega o envío gratuitos, así como del derecho de oposición que podrán ejercer los acreedores, en el plazo y términos establecidos en los artículos 166 y 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Madrid, 24 de julio de 2009.- El Administrador único, D. Antonio García Budia.

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