A los efectos de posibilitar el ejercicio por las accionistas de la sociedad de su derecho de suscripción preferente, se comunica que en la Junta General de 13-08-09 se acordó:
1.- Una ampliación de capital de hasta 360.612 €, mediante la emisión de 8.400 acciones nuevas al portador, de 42,93 € de valor nominal cada una de ellas, sin prima de emisión, numeradas de la 1.401 a la 9.800, que deberán ser plenamente suscritas mediante aportaciones dinerarias en moneda de curso legal al patrimonio social, y que tendrán los mismos derechos y obligaciones que las actuales.
2.- La suscripción deberá realizarse mediante el correspondiente desembolso, en los plazos previstos, y de una sola vez, del cien por cien del valor nominal de las acciones emitidas.
3.- Se reconoce a los antiguos accionistas el derecho de suscripción preferente que establece el art. 158 del TRLSA, pudiendo suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las acciones que posean, a razón de 6 acciones nuevas por cada una antigua.
El plazo máximo de suscripción será de un mes corrido desde la publicación del anuncio de la oferta de suscripción en el BORME.
El boletín de suscripción estará a disposición de los accionistas en el domicilio social de la entidad, en días laborales, en horas de oficina, hasta la fecha en que finalice el plazo concedido.
Los suscriptores deberán efectuar su aportación simultáneamente a la formalización del boletín de suscripción bien entregando cheque bancario nominativo a favor de la entidad, bien mediante el ingreso de la aportación en la cuenta corriente que la compañía tiene abierta en la entidad 0081-5586-81-0001031805.
En el resguardo de ingreso, junto a la identidad del accionista que hace el ingreso deberá incluirse la mención "aportación dineraria por aumento de capital social acordado en Junta de de fecha 13 de agosto de 2009"
Supuesto que los accionistas que teniendo derecho de suscripción preferente no hicieran uso del mismo, se reconoce el derecho de acreción que se ajustará a lo siguiente: El Consejo ofertará la suscripción de estas acciones a los accionistas que hayan acudido al aumento de capital en ejercicio íntegro de sus derecho de suscripción preferente y hayan indicado en el boletín de suscripción su interés en acrecer y suscribir aquellas acciones que no hubieran sido cubiertas por quienes tengan preferencia, a lo que tendrán derecho en proporción a su participación en capital social.
El desembolso de las acciones suscritas en virtud de la acreción deberá realizarse en el plazo máximo de 15 días desde la fecha en que se les notifique ese derecho y el concreto número de acciones a las que pueden optar mediante las modalidades de pago anteriormente reseñadas.
Si aún así las acciones no fueran totalmente suscritas, el Consejo podrá ofertarlas a terceros extraños a la misma, quienes deberán efectuar el desembolso al contado.
5.- En el caso de no cubrirse enteramente la ampliación de capital en los períodos que se acuerden, el capital quedará aumentado únicamente en la cuantía de las suscripciones efectuadas, conforme a lo dispuesto en el artículo 161.1 de la LSA, procediéndose por el Consejo o por las personas que éste faculte a tal fin, a declarar la cifra definitiva en que el capital quede fijado y a modificar el artículo 7º de los Estatutos Sociales.
Inca, 14 de agosto de 2009.- El Presidente del Consejo de Administración, Alfonso Durán Hernández.
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