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Documento BORME-C-2009-28060

ESPECIALIDADES ELÉCTRICAS LAUSAN, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 179, páginas 29963 a 29963 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2009-28060

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 147 y 150 de la Ley de Sociedades Anónimas, se anuncia públicamente que:

La Junta General Extraordinaria de Accionistas de ESPECIALIDADES ELÉCTRICAS LAUSAN S.A., celebrada con carácter de universal el día 24 de junio de 2009, acordó por unanimidad la modificación del artículo 4 de los Estatutos Sociales, relativo al objeto social, que en adelante tendrá la siguiente redacción:

La sociedad tiene por objeto la compra, venta, exportación, importación, comercialización y distribución para sí o para terceros de toda clase de piezas de recambio, equipos y componentes, accesorios, herramientas, lubricantes, neumáticos, ciclomotores, vehículos nuevos y usados y en general, todo aquello que esté relacionado con la automoción e industria del automóvil.

La actividad de taller mecánico de reparación de vehículos, así como cualquier otra actividad que directamente se relacione con las anteriores.

La prestación de toda clase de servicios de asesoramiento técnico, económico, comercial, de gestión, de marketing, de almacenamiento y de distribución de productos, dentro del sector automovilístico.

La propiedad y/o explotación de marcas nacionales y/o internacionales.

La construcción, edificación, explotación, arrendamiento o cesión onerosa de disfrute a terceros y enajenación de bienes inmuebles; y la realización en ellos de obras de conservación, reparación, acondicionamiento o mejora.

La adquisición y enajenación, por cuenta propia, de títulos valores, acciones y participaciones sociales, todo ello previo el cumplimiento de los requisitos legales que se precisen para el ejercicio de dicha actividad.

Las actividades anteriores podrán ser también desarrolladas por la sociedad, total o parcialmente, de modo inmediato o directo, o de modo mediato o indirecto, mediante la participación en otras sociedades o mediante cualquier otro medio o fórmula de relación jurídica admitida en derecho, incluso mediante acuerdos de franquicia.

Quedan excluidas del objeto social todas aquellas actividades para cuyo ejercicio las normas jurídicas exijan requisitos especiales que no estén cumplidos por la Sociedad.

Bilbao, 20 de julio de 2009.- D. JUAN MIGUEL SANS MARTÍ, Presidente del Consejo de Administración de ESPECIALIDADES ELÉCTRICAS LAUSAN S.A. D. ANDER JOSEBA BELDARRAIN AMORIZA, Vicepresidente del Consejo de Administración de ESPECIALIDADES ELÉCTRICAS LAUSAN S.A. D. FRANCISCO JAVIER ELORRIAGA ALBERDI, Secretario del Consejo de Administración de ESPECIALIDADES ELÉCTRICAS LAUSAN S.A.

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