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Documento BORME-C-2009-29726

LAZORA, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
M3-007 RIVAS, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
SERVICIOS Y VIVIENDAS PARA JÓVENES DE PARLA, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
INCASA VIVIENDA EN ALQUILER, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 194, páginas 31683 a 31683 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-29726

TEXTO

Anuncio de Fusión.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de la mercantil Lazora, Sociedad Anónima, celebrada en Madrid, en la calle Fortuny número 6, en fecha 24 de septiembre de 2.009, ha acordado por unanimidad la fusión por absorción por parte de ésta de las Sociedades íntegramente participadas por ella, M3-007 Rivas, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, Servicios y Viviendas para Jovenes de Parla, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal e Incasa Vivienda en Alquiler, Sociedad Anónima, Sociedad Unipersonal, adquiriendo la sociedad absorbente a título universal el patrimonio, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, las cuales se disuelven sin liquidación, en los términos del proyecto común de fusión aprobado igualmente por Lazora, Sociedad Anónima en la referida Junta y que fue depositado en el Registro Mercantil de Madrid con fecha 28 de julio de 2.009. Asimismo, ha sido aprobado unánimemente por la Junta de Lazora, Sociedad Anónima el Balance de Fusión, cerrado a fecha 31 de diciembre de 2.008.

Derechos de información y oposición

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de la sociedades mercantiles, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores y, si los hubiere, obligacionistas de cada una de las sociedades que participan en la fusión.

Madrid, 30 de septiembre de 2009.- Don Miguel Klingenberg Calvo. Secretario no Consejero del Consejo de Administración.

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