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Documento BORME-C-2009-30575

NACIONAL MOTOR, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
PIAGGIO & C. S.P.A.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 201, páginas 32563 a 32563 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2009-30575

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, por remisión del artículo 73.1 de la misma norma, se hace público que, en fecha 19 de octubre de 2009, el accionista único de Nacional Motor, S.A., sociedad unipersonal (sociedad parcialmente escindida) y el consejo de administración de Piaggio & C. S.p.A. (sociedad de nacionalidad italiana beneficiaria de la escisión), han acordado la escisión parcial de Nacional Motor, S.A., sociedad unipersonal, a favor Piaggio & C. S.p.A., todo ello en los términos del proyecto común de escisión parcial suscrito en fecha 11 de septiembre de 2009 por el consejo de administración de Nacional Motor, S.A., sociedad unipersonal, y en fecha 15 de septiembre de 2009 por el consejo de administración de Piaggio & C. S.p.A., debidamente depositado en los Registros Mercantiles de Barcelona y Pisa (Italia).

Como consecuencia de la escisión parcial acordada, se reduce el capital social de "Nacional Motor, S.A., sociedad unipersonal", en 7.353.840 euros, mediante la amortización de 1.225.640 acciones, números 264.738 a 1.490.377, ambos inclusive, quedando el capital social fijado en la cifra de 1.588.422 euros, representado por 264.737 acciones nominativas de 6 euros de valor nominal cada una de ellas numeradas del 1 al 264.737, ambos inclusive, totalmente suscritas y desembolsadas.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace público el derecho de los acreedores y, cuando proceda, de los accionistas de las sociedades intervinientes en la escisión parcial, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como de los respectivos balances de escisión. Se informa igualmente a los señores acreedores y accionistas que podrán ejercitar su derecho de oponerse a la escisión parcial, en el plazo y términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 3/2009, se hace constar que los acreedores y, cuando proceda, los accionistas de las sociedades intervinientes en la escisión parcial podrán ejercitar sus derechos en las condiciones establecidas en la norma de aplicación, siendo el domicilio social de cada una de las sociedades intervinientes en la escisión parcial la dirección donde pueda obtenerse, sin gastos, una información exhaustiva sobre esas condiciones de ejercicio de sus derechos.

Martorelles (Barcelona) y en Pontedera (Italia), 19 de octubre de 2009.- Stefano Sterpone, Presidente del consejo de administración de Nacional Motor, S.A., sociedad unipersonal.- Roberto Colaninno, Presidente del consejo de administración de Piaggio & C. S.p.A.

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