De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace público que la Junta general de la sociedad, en su reunión del 26 de octubre de 2009, acordó:
Reducir el capital social inicial y estatutario máximo. Que quedará redactado del siguiente modo:
1. El capital social inicial queda fijado en 2.400.000 de euros, representado por 192.000 acciones nominativas, de 12,50 euros nominales cada una, y está íntegramente suscrito y desembolsado.
2. El capital estatutario máximo se establece en 24.000.000 de euros, representado por 1.920.000 acciones nominativas, de 12,50 euros nominales cada una.
3. Dentro de los límites del capital estatutario máximo y del inicial establecidos, la Sociedad podrá aumentar o disminuir el capital correspondiente a las acciones en circulación mediante la venta o adquisición de las mismas, en los términos establecidos legalmente, sin necesidad de acuerdo de la Junta general.
Madrid, 26 de octubre de 2009.- El Secretario del Consejo de Administración, don Jesús Sánchez-Quiñones González.
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